Ayudas destinadas al alumnado con necesidades especificas de apoyo educativo de centros de Educacion Infantil, Primaria, Secundaria y de Educacion de Personas Adultas sostenidos con fondos publicos de la Comunidad Autonoma de Extremadura, para el curso escolar 2009/2010.

Código de ayuda:

S45819/09

Norma:

ORDEN de 5 de junio de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/07/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

En el marco de lo señalado en el Capítulo V del Título I del Decreto 92/2008, de 9 de mayo, modificado por el Decreto 92/2009, de 24 de abril, se establecen medidas de apoyo socioeducativo a las familias extremeñas, por la presente Orden se convocan, para el curso escolar 2009/2010, ayudas que tienen como finalidades:

a) Abordar tratamientos especializados que no pueden llevarse a cabo en los centros por carecer transitoriamente de los recursos educativos necesarios o por la imposibilidad de contar con especialistas que no pertenecen al ámbito educativo.

b) Prestar apoyos educativos en su domicilio, al alumnado que, por problemas de salud, no puede desplazarse desde éste al centro escolar.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Educación (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para los fines de esta convocatoria se destinará la cantidad máxima de 276.105 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 2009 13 03 423B 481 00, proyecto 2006 13 06 0013, superproyecto 2006 13 06 9010, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2009.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

a) Al alumnado con necesidades educativas asociadas o no a discapacidad o altas capacidades intelectuales, matriculados en centros de Educación lnfantil, Primaria, Secundaria y Educación de Personas Adultas de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que necesita atención especializada o actuaciones de enriquecimiento curricular que no puede proporcionarle el centro escolar ni ningún servicio sostenido o subvencionado con fondos públicos.

b) Al alumnado escolarizado en enseñanza obligatoria convaleciente en su domicilio por un espacio de tiempo superior a un mes, cuando la Administración no pueda prestar apoyo educativo con recursos propios.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Modalidad A. Atención educativa especializada:

— Fisioterapia.
— Logopedia.
— Psicoterapia.
— Actuaciones de enriquecimiento para garantizar el desarrollo armónico e integral del alumnado con altas capacidades intelectuales.

b) Modalidad B. Apoyo educativo domiciliario al alumnado convaleciente.

Requisitos:

a) Necesitar la atención especializada que no le proporciona el centro escolar por carecer de recursos específicos.

b) Estar detectada la necesidad educativa o de enriquecimiento, por el Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica o Departamento de Orientación, con anterioridad a la publicación de esta Orden de convocatoria.

c) Tener la residencia familiar en Extremadura en la fecha de la solicitud o tener la condición de extremeño.

d) Tener cumplidos los tres años de edad el 31 de diciembre del año 2008.

e) Estar matriculado en centros de Educación Infantil, Primaria, Secundaria o de Educación de Adultos, sostenidos con fondos públicos, en el curso 2009/2010.

f) Tener una renta “per cápita” familiar que no supere 9,5 veces el salario mínimo interprofesional mensual en el año anterior a la convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 12/06/2009
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 112
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento