Ayudas destinadas a universidades, centros de investigacion y fundaciones hospitalarias para la contratacion de personal investigador novel para el año 2011 (FI-DGR).- Convocatoria 2010.- Modificación.

Código de ayuda:

S48246/10

Norma:

RESOLUCIÓN IUE/2644/2010, de 30 de julio. RESOLUCIÓN ECO/157/2011, de 21 de enero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/09/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Conceder ayudas a universidades, centros de investigación o fundaciones hospitalarias para contratar personal investigador novel y promover la calidad en la investigación mediante la incorporación de este personal a grupos de investigación que desarrollen un proyecto de investigación y desarrollo vigente y financiado.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Empleo
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Innovación, Universidades y Empresa (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para la primera anualidad, la retribución bruta anual de las personas contratadas es de 14.400,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

- Pueden beneficiarse de esta convocatoria las universidades del sistema universitario catalán, los centros de investigación y las fundaciones hospitalarias ubicadas en Cataluña que tengan capacidad de contratación laboral y desarrollen un proyecto de investigación vigente y financiado.

- Pueden ser candidatas solicitantes las personas físicas que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El salario y la cuota patronal de la Seguridad Social de las personas investigadoras contratadas.

Requisitos:

1. Para acceder a los programas de doctorado regulados por el Real decreto 778/1998, de 30 de abril: estar en posesión del título de licenciatura, ingeniería o arquitectura superior, tener superados los 20 créditos de docencia de un programa de doctorado. La fecha de finalización de los estudios, de los 20 créditos de docencia o del DEA debe ser posterior al 1 de enero de 2008.

2. Para acceder al período de investigación de los programas de doctorados regulados por el Real decreto 1393/2007, de 29 de octubre:

a) Estar en posesión del título de licenciatura, ingeniería o arquitectura superior y haber superado 60 ECTS (créditos European Credit Transfer System) de un máster universitario que conduzca a un doctorado.

b) Estar en posesión del título de grado y tener 300 ECTS superados entre estudios de grado y posgrado (al menos 60 ECTS de máster).

c) Estar en posesión del título de diplomatura y tener 300 ECTS superados entre los estudios de máster y diplomatura (al menos 60 ECTS de máster).

La fecha de finalización de los estudios de máster debe ser posterior al 1 de enero de 2008.
En todos los casos la persona candidata debe estar admitida en la fase de investigación de un doctorado en el momento de la aceptación de la ayuda.
Excepcionalmente, se admitirán personas candidatas con el título de grado, licenciatura, ingeniería o arquitectura superior que durante el curso 2010-11 estén matriculadas en el 2º año de máster, siempre que hayan superado los 60 ECTS del primer curso.
En el momento de presentar la solicitud se debe estar en posesión del título de grado, licenciatura, ingeniería, arquitectura superior o diplomatura.
Los 60 ECTS de máster se deberán haber superado durante el curso 2009-10. Los títulos de licenciatura, ingeniería, arquitectura, grado o diplomatura obtenidos en centros extranjeros deberán ser validados o reconocidos. Con vista a esta convocatoria, se considera que un título está reconocido cuando la persona solicitante acredita haber sido admitida en un programa de doctorado regulado por el Real
decreto 778/1998, de 30 de abril, o en un doctorado regulado por el Real decreto 1393/2007, de 29 de octubre.

3. La nota media del expediente académico de la persona candidata deberá ser la siguiente:

Para los estudios de primer y segundo ciclo deberá ser igual o superior a 1,60 (escala de 1 a 4.
Para los estudios de grado deberá ser igual o superior a 1,60 (escala de 1 a 4).
Para la diplomatura deberá ser igual o superior a 1,60 (escala de 1 a 4)

4. No tener el título de doctorado.

5. El proyecto de investigación de las personas candidatas deberá formar parte de un proyecto de investigación vigente y financiado en el momento de presentar la solicitud.

6. Estar aceptado, en el curso académico 2010-2011, en un programa de doctorado regulado por el Real decreto 778/1998, de 30 de abril, o en la fase de investigación de un doctorado regulado por el Real decreto 1393/2007, de 29 de octubre.

7. Estar matriculado, en el curso académico 2010-2011, en un programa de doctorado regulado por el Real decreto 778/1998, de 30 de abril, o en la fase de investigación de un doctorado regulado por el Real decreto 1393/2007, de 29 de octubre, en el momento de aceptación de la ayuda.

8. Los programas de doctorado deben ser de una universidad del sistema universitario catalán.

9. No haber disfrutado de ayudas de naturaleza análoga con una duración superior a 12 meses en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.

10. Las personas que se encarguen de la dirección del proyecto de las personas candidatas de este programa deberán formar parte del funcionariado o el personal vinculado, según los estatutos o mediante un contrato, en la universidad, centro de investigación o la fundación hospitalaria en que se adscriba la ayuda y deberán formar parte de un grupo de investigación de la Generalidad de Cataluña (SGR) vigente.

Documentos asociados

Boletín: 06/08/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5687
Documento: Bases y Convocatoria 2010. Descargar Documento
Boletín: 29/10/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5745
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 31/01/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5807
Documento: Modificación Descargar Documento