Ayudas destinadas a trabajadores desempleados que participen en Itinerarios Activos de Empleo (IAE).- Convocatoria 2010.- Modificación de plazo.

Código de ayuda:

S44746/10

Norma:

ORDEN EYE/991/2010, de 17 de junio. RESOLUCIÓN de 16 de julio de 2010. ORDEN EYE/1158/2010, de 2 de agosto. RESOLUCIÓN de 12 de agosto de 2010.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 18 de septiembre de 2010.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Incentivar a aquellos trabajadores desempleados que participen en acciones de orientación, inserción y búsqueda de empleo desarrolladas por el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, a través de itinerarios activos de empleo.

Categorías Subvención

  • Empleo

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1.– Los beneficiarios de la ayuda podrán recibir una ayuda de 426 euros por mes, o la parte proporcional por períodos inferiores.
2.– La ayuda tendrá una duración máxima de tres meses.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los trabajadores desempleados que participen en Itinerarios Activos de Empleo, que reúnan los requisitos y se encuentren en alguno de los siguientes colectivos:

a) Trabajadores desempleados que, habiendo cumplido 45 o más años, reúnan las
siguientes condiciones:
• Haber extinguido por agotamiento la prestación por desempleo de nivel contributivo, o el subsidio de desempleo, o la ayuda por participar en
itinerarios activos de empleo en su modalidad de seis meses (IAE), o el programa temporal de protección por desempleo e inserción (PRODI), o la renta activa de inserción (RAI).
• Tener una inscripción ininterrumpida como demandante de empleo de, al
menos, 18 meses. Esta condición se entenderá cumplida asimismo cuando, en los 18 meses inmediatamente anteriores a la producción de efectos de la presente convocatoria de estas ayudas, se hubiese realizado un trabajo por cuenta ajena, en uno o varios periodos, que, en su conjunto, no sumen más de 45 días, siempre y cuando que, entre el cese de la relación laboral.

b) Trabajadores desempleados que hayan cotizado por desempleo entre 90 y 179
días dentro del periodo comprendido entre el 1 de marzo de 2008 y el 30 de septiembre de 2009, siempre que, además, no hubiesen sido beneficiarios de la
prestación por desempleo de nivel contributivo o el subsidio de desempleo desde la fecha de inicio del citado periodo, ni hayan sido beneficiarios de la ayuda por participar en itinerarios activos de empleo (IAE), o el programa temporal de protección por desempleo e inserción (PRODI).

c) Trabajadores desempleados que habiendo capitalizado la prestación por
desempleo, en su modalidad de pago único, desde el 1 de octubre de 2006,
reúnan las siguientes condiciones:
• Haber realizado una actividad como trabajador autónomo dándose de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA).
• Permanecer ininterrumpidamente inscrito como demandante de empleo al menos tres meses antes de la fecha de producción de efectos de la presente convocatoria de las ayudas.
• No haber sido beneficiario del subsidio de desempleo derivado de la prestación capitalizada, la ayuda por participar en itinerarios activos de
empleo (IAE), o el programa temporal de protección por desempleo e inserción (PRODI).

Requisitos:

a) Estar inscrito como desempleado en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León. A estos efectos se considerará como desempleados a los demandantes de empleo no ocupados.
b) Suscribir el compromiso de participar en las acciones de orientación, inserción y búsqueda de empleo a que se refiere el resuelvo 4.º de esta Resolución.
c) No ser beneficiario de ningún tipo de prestaciones o subsidios de desempleo, renta agraria o renta activa de inserción, la prestación de ingresos mínimos de inserción, salario social, pensión de jubilación no contributiva u otras destinadas a la misma finalidad.
d) Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, en cómputo mensual, superiores al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) mensual.
e) Estar empadronado en alguno de los municipios de la Comunidad de Castilla y León en fecha igual o anterior al 1 de abril de 2008.

Documentos asociados

Boletín: 14/07/2010
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 134
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 21/07/2010
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 139
Documento: Convocatoria 2010. Descargar Documento
Boletín: 21/07/2010
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 00
Documento: Anexos Descargar Documento
Boletín: 12/08/2010
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 155
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 19/08/2010
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 160
Documento: Modificación de plazo. Descargar Documento