Ayudas destinadas a sufragar los daños sufridos en establecimientos comerciales, industriales, turísticos ymercantiles derivados de los incendios forestales que afectaron a Galicia durante el verano de 2025, y se efectúa su convocatoria (código de procedimiento IG100A).

Código de ayuda:

S25900/25

Norma:

RESOLUCIÓN de 29 de agosto de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 3 de octubre de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la gestión del procedimiento para la concesión de las ayudas para sufragar los daños sufridos en establecimientos comerciales, industriales, turísticos y mercantiles derivados de los incendios que afectan a Galicia durante el verano de 2025.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Instituto Gallego de Promoción Económica (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) 600.000,00 euros por persona beneficiaria. Excepcionalmente, este importe podrá incrementarse hasta el límite de 1.500.000,00 euros, atendiendo a los daños sufridos y a su impacto socioeconómico en la actividad afectada y, en especial, a la posible repercusión en el mantenimiento del empleo.

b) La suma de la ayuda concedida, junto con otras ayudas y/o indemnizaciones que aprueben otras administraciones públicas o cualquier otro sistema de cobertura de daños, público o privado, estatal o internacional, para la misma actuación, no podrá exceder del 100 % del importe de los daños causados por los incendios conforme la valoración del informe de tasación de daños.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Serán beneficiarias las personas físicas o jurídicas titulares de los establecimientos comerciales, mercantiles, industriales y turísticos en que se produzcan los daños derivados de los incendios o de su extinción.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán objeto de ayuda los daños originados en los establecimientos comerciales, industriales, turísticos o mercantiles a consecuencia de los incendios que se produjeron en Galicia durante el verano de 2025. A efectos de la determinación de los daños, se tendrán en cuenta los ocasionados en las edificaciones, instalaciones, maquinaria y mercancías depositadas en los establecimientos, así como en los vehículos comerciales o industriales afectos a estas actividades, en la parte no comprendida tanto por las ayudas que aprueben otras administraciones públicas como por cualquier otro sistema de cobertura de daños, público o privado, estatal o internacional, de que puedan ser beneficiarias las personas afectadas.

Requisitos:

a) Las solicitudes se suscribirán directamente por las personas interesadas o por persona que acredite su representación por cualquiera medio válido en derecho.

b) Tener en vigor un certificado digital de los validados por la plataforma @firma de la Administración general del Estado (http://administracionelectronica.gob.es/PAe/aFirma-Anexo-PSC)

Documentos asociados

Boletín: 30/08/2025
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 166
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento
Boletín: 30/08/2025
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 166
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento