Ayudas destinadas a subvencionar programas de acción social con personas penadas y presas.

Código de ayuda:

S13046/05

Norma:

Orden de 3 de marzo de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/04/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación de las ayudas para la realización de programas de acción social, de sensibilización social, de estudio o similares con personas penadas y presas, o sus familiares, dentro o fuera de los centros penitenciarios de la CAPV.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la ayuda se fijará teniendo en cuenta los criterios establecidos en el artículo sexto de la presente Orden, pudiendo alcanzar hasta el 100% del presupuesto que resulte aprobado para cada programa presentado.

Del importe total de la subvención concedida, el 10% podrá destinarse a gastos administrativos y de funcionamiento, excluidos sueldos y salarios, salvo que aquéllos fueran sustanciales para el desarrollo del programa y así conste en memoria explicativa.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las personas jurídicas de carácter privado y sin ánimo de lucro legalmente constituidas, con experiencia en la acción social con personas penadas y presas, que asimismo reúnan los demás requisitos establecidos en la convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 30/03/2005
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 59
Documento: Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento