Ayudas destinadas a pescadores enrolados en buques pesqueros españoles afectados por la paralización temporal de la actividad pesquera ante la implantación de la veda espacio-temporal recogida en el artículo 4 bis de la orden APA/1200/2020, de 16 de diciembre, durante el 2024.
Código de ayuda:
S31591/25Norma:
Orden de 13 de noviembre de 2025. Orden APA/1254/2025, de 4 de noviembre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 25 de noviembre de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar las ayudas a los pescadores enrolados en buques pesqueros españoles afectados por la paralización temporal de la actividad pesquera como consecuencia de la parada temporal de la actividad pesquera como consecuencia de la parada temporal, ante la implantación de la veda espacio-temporal recogida en el artículo 4 bis de la orden APA/1200/2020, de 16 de diciembre, para el ejercicio 2024.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor
EspañaConvoca:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ( España)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La intensidad de ayuda aplicable será del 100% de los costes subvencionables.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los pescadores españoles, los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, y los extranjeros que cuenten con autorizaciones de residencia y trabajo en vigor, enrolados en los buques pesqueros españoles con una eslora total superior a 8 metros que utilicen artes de arrastre de fondo a la pareja, cerco, artes menores de enmalle y/o enredo, volanta y rasco, que, de conformidad con el artículo 4 bis de la Orden APA/1200/2020, de 16 de diciembre, introducido en la modificación realizada por la Orden APA/24/2024, de 18 de enero, por la que se establecen medidas de mitigación y mejora del conocimiento científico para reducir las capturas accidentales de cetáceos durante las actividades pesquera, no hayan podido faenar en las aguas de la zona económica exclusiva de Francia de la zona 8 del CIEM entre el 22 de enero y el 20 de febrero de 2024, ambos incluidos.Documentos asociados
Boletín:
07/11/2025
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 268
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 268
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Boletín:
15/11/2025
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 275
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 275
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
15/11/2025
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 275
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 275
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
