Ayudas destinadas a los alumnos de 5.º y 6.º de educacion primaria, para el desarrollo de la actividad Escuelas Viajeras durante 2008.

Código de ayuda:

S64219/07

Norma:

ORDEN ECI/2884/2007, de 17 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/11/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convocan en régimen de concurrencia competitiva, para las etapas de primavera del curso 2007/08 y de otoño del curso 2008/09, ayudas para 510 grupos de 12 a 15 alumnos y un profesor de centros españoles ordinarios que cursen 5.º y 6.º de Educación Primaria, para el desarrollo de la actividad de Escuelas Viajeras, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.11.324N.482, hasta un importe máximo de 1.780.752,08 euros.


Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Educación y Ciencia ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Estas ayudas se librarán a los centros cuyos grupos recorran las rutas, a través de las Comunidades Autónomas, Direcciones Provinciales del Ministerio de Educación y Ciencia o Consejerías de Educación en el exterior, en su caso.

El alumnado que desee participar, deberá solicitarlo a través de la Dirección de su centro, formando un grupo de 12 a 15 alumnos con un profesor que deberá ser el tutor, o en su caso, un profesor de los que habitualmente les imparte clase, que se responsabilizará a todos los efectos de la adecuada participación del grupo en la actividad.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Para la participación es este programa, se concederán dos tipos de ayuda:

1.- Ayudas para sufragar los gastos de alojamiento, manutención y desarrollo de la actividad de los grupos participantes. Los pagos de las ayudas se efectuarán a través de las Comunidades Autónomas, en función
de las rutas en ellas establecidas, o en su caso, a través de la Dirección Provincial de Educación y Ciencia de Melilla.

2.- Ayudas para el desplazamiento y preparación de la actividad. El transporte hasta la residencia cabecera de la ruta para la participación en el programa se hará por cuenta de los participantes. Para contribuir a dichos gastos, los centros seleccionados recibirán una ayuda por cada grupo participante compuesto por 12 a 15 alumnos y un profesor, en la que se incluirán los gastos de preparación de la actividad y desplazamiento y que estará determinada de acuerdo con los siguientes módulos de distancia en kilómetros (ida y vuelta) entre la localidad del centro y la de cabecera de la ruta:

Menos de 500 kilómetros: hasta un máximo de 1.029 €.
Entre 501 y 1.000 kilómetros: hasta un máximo de 1.542 €.
Entre 1.001 y 2.000 kilómetros: hasta un máximo de 2.280 €.
Entre 2.001 y 2.500 kilómetros: hasta un máximo de 2.777 €.
Más de 2.500 kilómetros y los centros docentes españoles ubicados en las Islas Baleares y Canarias, y en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla: hasta 3.291 €.
Centros que recorran las rutas de las Islas Baleares, Canarias y Melilla y centros españoles en el exterior: hasta 4.680 €.

Estas ayudas se librarán a los centros cuyos grupos recorran las rutas, a través de las Comunidades Autónomas, Direcciones Provinciales del Ministerio de Educación y Ciencia o Consejerías de Educación en el exterior, en su caso.

Durante la participación en la actividad, los alumnos y profesores estarán asistidos por un seguro de accidentes y de responsabilidad civil, suscrito al efecto por el Ministerio de Educación y Ciencia.

El Ministerio de Educación y Ciencia contratará los servicios de transporte necesarios para el desarrollo de los itinerarios los días de ruta.

La distribución territorial de las ayudas, efectuada conforme a lo previsto en el artículo 3.º 2, de la Orden de 13 de marzo de 1986, reguladora de Escuelas Viajeras, se detalla en el anexo I de la presente Orden.

Las Escuelas Viajeras se llevarán a cabo en las siguientes fechas:
Etapa de primavera del curso 2007/08: del 30 de marzo al 16 de junio de 2008.
Etapa de otoño del curso 2007/08: del 28 de septiembre al 1 de diciembre de 2008.

La incorporación de los grupos a la cabecera de ruta se realizará siguiendo las instrucciones de los coordinadores de ruta, y ateniéndose al día fijado. El regreso de los mismos se efectuará en la mañana del día establecido para la finalización.

Documentos asociados

Boletín: 05/10/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 239
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento