Ayudas destinadas a los Consejos Reguladores de las denominaciones de origen, indicaciones geográficas protegidas y Consejo de Agricultura Ecológica para la realización de sus actividades.
Código de ayuda:
S27219/25Norma:
Orden de 15 de septiembre de 2025. Orden de 28 de julio de 2025.Plazo de Solicitud:
Hasta el 30 de septiembre de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Se aprueba la convocatoria de las ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para los Consejos Reguladores de denominaciones de origen e indicaciones geográficas y para el Consejo de Agricultura Ecológica de la Región de Murcia con objeto de apoyar, por una parte, las actividades iniciales de constitución de los Consejos Reguladores u órganos de gestión, y por otra parte, la realización de las tareas de control y certificación de los productos amparados, es decir, las tareas de verificación del cumplimiento de los pliegos de condiciones correspondientes, por parte de los Consejos Reguladores u órganos de gestión de las Denominaciones de Origen o Indicaciones Geográficas Protegidas y del Consejo de Agricultura Ecológica, así como las actividades de promoción de dichos productos en ferias y otros eventos.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca (Región de Murcia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La intensidad de la ayuda no podrá superar el 100% de los costes subvencionables con un importe máximo de la ayuda de 20.000 € en un año.Considerando que el importe máximo de la ayuda puede alcanzar los 20.000 € el primer año, la ayuda consistirá en una cantidad fija y decreciente, abonable en tramos anuales durante los cinco primeros años desde la fecha en que se reconozca oficialmente la agrupación de productores pudiendo comenzar el primer año con un 100% de los gastos, el segundo año con un 80% y así sucesivamente hasta completar los cinco años.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
1. Los beneficiarios de estas ayudas serán los consejos reguladores de las distintas denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas con sede en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, así como el Consejo de Agricultura Ecológica.2. Los beneficiarios deberán cumplir los requisitos del Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.
3. No podrán obtener la condición de beneficiario de las subvenciones las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias mencionadas en el artículo 13.2 de la ley 38/2003 de 17 de noviembre, general de subvenciones.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Ayudas destinadas a sufragar los gastos correspondientes a actividades iniciales relativas a la constitución de nuevos consejos reguladores u órganos de gestión de las denominaciones de origen protegidas e indicaciones geográficas protegidas durante los cinco primeros años.Se considerarán gastos subvencionables
a) Los costes de alquiler de los locales apropiados.
b) Los costes del personal administrativo.
c) Los costes generales y los gastos legales y administrativos.
d) Los costes de adquisición de material de oficina;
e) Los costes de adquisición o uso de programas informáticos, soluciones en la nube o similares.
Documentos asociados
Boletín:
19/09/2025
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 218
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
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Boletín:
19/09/2025
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 181
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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