Ayudas destinadas a los Centros de Enseñanza para la realizacion de Actividades Artisticas en el Parque Infantil de Navidad.
Código de ayuda:
S70764/07Norma:
ORDEN de 23 de octubre de 2007.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 15/11/2007Finalidad u objetivo de la ayuda:
Es objeto de la presente convocatoria la concesión de subvenciones o dotaciones económicas para larealización de actividades artísticas (teatro, coros, marionetas, bertsolarismo, danza, etc.) que lleven a cabo los niños y niñas de Educación Infantil y/o Educación Primaria durante la celebración del Parque Infantil de Navidad en las instalaciones del Bilbao Exhibition Centre, durante el periodo comprendido entre el día 14 de diciembre de 2007 y el día 5 de enero de 2008, ambos inclusive, en horario de 10:30 a 19:30 horas (los días 14, 17, 18, 19, 20, 21, 24, 31 de diciembre y 5 de enero el horario será de 10:30 a 17:00 horas). Dichas actividades artísticas tienen que ser exponente de las actividades extraescolares promovidas por los centros docentes.
Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Educación y Ciencia
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Educación (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la subvención será de 250 euros.A la presente convocatoria, que se resolverá por el sistema de concurso, se destina un máximo de 17.750
euros.
El citado importe podrá ser modificado, teniendo en cuenta la cuantía total de las ayudas solicitadas, en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas de ayudas del Departamento de Educación, Universidades e Investigación y con carácter previo a la resolución de las mismas. De dicha circunstancia se dará publicidad mediante Resolución de la Directora del Gabinete del Consejero.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Podrán solicitar las subvenciones o dotaciones económicas con cargo a la presente Orden todos los centrospúblicos y privados de la Comunidad Autónoma Vasca que impartan Educación Infantil y/o Educación
Primaria.
No podrán concurrir a la presente convocatoria de ayudas quienes se hallen incursos en alguna de las causas establecidas en el apartado 5 del artículo 50 del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado por Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, modificado por la Ley 4/2005, de 18 de febrero, de Igualdad de Mujeres y Hombres.
Documentos asociados
Boletín:
22/11/2007
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 225
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 225
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