Ayudas destinadas a las explotaciones ganaderas, las industrias agroalimentarias y establecimientos de gestion de subproductos para la mejora de la capacidad tecnica de gestion de subproductos de origen animal no destinados al consumo humano (SANDACH).

Código de ayuda:

S35046/10

Norma:

REAL DECRETO 1178/2008, de 11 de julio. ORDEN de 17 de mayo de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 25/06/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Mejora de la capacidad técnica de gestión de subproductos de origen animal no destinados al consumo humano.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las cuantías máximas de las ayudas a conceder con cargo a la presente convocatoria, serán las
previstas, para cada una de las líneas de subvenciones previstas en el apartado primero del resuelvo segundo, en los artículos 6, 10, 14 y 18 del Real Decreto 1178/2008, de 11de julio, con los límites
establecidos en su artículo 23.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Empresas agrarias, las industrias agroalimentarias y los titulares de establecimientos de almacenamiento o gestión de subproductos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las líneas de ayudas que se convocan son las que aparecen recogidas en los Capítulos II, III, IV y V, del Real Decreto 1178/2008, de 11 de julio, y que se relacionan a continuación:

a) Ayudas a las pequeñas y medianas empresas agrarias.

b) Ayudas a industrias agroalimentarias.

c) Ayudas al almacenamiento y procesado intermedio de subproductos.

d) Ayudas a plantas de transformación, destrucción o valorización de subproductos.

Requisitos:

Podrán acogerse a las subvenciones que se convocan, los peticionarios que cumplan los requisitos exigidos, para cada una de las líneas de subvenciones previstas en el apartado primero del resuelvo segundo, en los artículos 5, 9, 13 y 17 del Real Decreto 1178/2008, de 11 de julio, y además los siguientes:

a) Que estén dados de alta en el Sistema de Gestión Económico Financiero de Canarias (S.E.F.C.A.N).

b) Que no estén incurso en ninguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3, del artículo 13, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 12/07/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 168
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 25/05/2010
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 101
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento