Ayudas destinadas a las explotaciones de vacuno de leche de Castilla y Leon - Convovatoria 2009.
Código de ayuda:
S51455/09Norma:
ORDEN AYG/1434/2009, de 3 de julio. ORDEN AYG/1496/2009, de 9 de julio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 31/07/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras de las ayudas en régimen de mínimis, según el Reglamento (CE)1535/2007, de la Comisión, de 20 de diciembre de 2007, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas de minimis en el sector de la producción de los productos agrícolas, que convoque
la Consejería de Agricultura y Ganadería destinadas a las explotaciones de vacuno de leche de Castilla y León.
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
– A las explotaciones que no alcancen los 300 euros de ayuda les será concedida esta cantidad.– El techo máximo de la ayuda no superará los 7.500 € por explotación.
– A los beneficiarios que estén percibiendo alguna otra ayuda acogida al régimen de minimis les será detraído del montante total de la ayuda regulada en la presente Orden la cantidad a percibir durante los ejercicios 2009-2010-2011.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas, personas jurídicas y comunidades de bienes que, siendo titulares de una explotación de vacuno de leche, localizada en territorio de Castilla y León.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La presente Orden está dirigida a subvencionar la producción y entrega de leche de vaca realizada por las explotaciones de vacuno de Castilla y León en el primer trimestre de la campaña láctea 2009-2010.Requisitos:
a) Disponer de cuota láctea el 1 de abril de 2009.b) Haber realizado entregas de leche durante el primer trimestre de la campaña láctea 2009/2010 (abril, mayo y junio de 2009). Este requisito no será exigible para aquellas explotaciones en las que se haya ordenado un vaciado sanitario durante los tres primeros meses del año 2009.
c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, incluidas las de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, y frente a la Seguridad Social.
Documentos asociados
Boletín:
07/07/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 127
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
14/07/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 132
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
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