Ayudas destinadas a las asociaciones de alumnos y alumnas de centros públicos de Educación de Personas Adultas y a las asociaciones de madres y padres de alumnos y alumnas de Centros Docentes de enseñanza no universitaria, excepto del primer ciclo de Educación Infantil.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S34182/16

Norma:

ORDEN de 8 de julio de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 1 de octubre de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta orden es convocar ayudas para atender los gastos derivados del desarrollo de las actividades subvencionables señaladas en el artículo 3, realizadas durante el año 2016 por las entidades beneficiarias a que se refiere el artículo 4.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco para el 2016 un crédito de quinientos mil (500.000) euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán concurrir a esta convocatoria y resultar beneficiarias de las ayudas las entidades siguientes:

a) las asociaciones de alumnos y alumnas de los Centros Públicos de Educación de Personas Adultas (EPA) de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

b) las asociaciones de madres y padres de alumnos y alumnas de centros docentes de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco, con excepción de las correspondientes exclusivamente a alumnado del primer ciclo de Educación Infantil.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas a las que se refiere la presente Orden se concederán:

a) Para gastos de actividades de formación dirigidas tanto al alumnado como a madres y padres de alumnos y alumnas de centros docentes de enseñanza no universitaria.

b) Para gastos de actividades y gastos de infraestructura necesarios para el funcionamiento de las asociaciones de alumnos y alumnas de EPA y de las asociaciones de madres y padres de alumnos y alumnas de centros docentes de enseñanza no universitaria.

c) Para gastos de actividades complementarias y extraescolares distintas a las del apartado a) dirigidas tanto al alumnado como a madres y padres de alumnos y alumnas de centros docentes de enseñanza no universitaria. Como máximo se sufragará el 50% del coste de estas actividades.

Documentos asociados

Boletín: 01/09/2016
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 166
Documento: Bases, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento