Ayudas destinadas a la sustitución de calderas domésticas por otras de mayor eficiencia energética en la Región de Murcia.

Código de ayuda:

S56455/17

Norma:

Orden de 21 de noviembre de 2017.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de esta orden la regulación de las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la sustitución de las calderas domésticas por otras de condensación con un sistema de control/regulación eficiente siempre y cuando se cumplan los requisitos exigidos en la presente Orden.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Presidencia (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Se concederá una ayuda de:

a) 400 euros, si la Potencia Térmica Nominal de la Caldera instalada es inferior o igual a 24 kW:

b) 500 euros, si la Potencia Térmica Nominal de la Caldera es superior a 24 kW y menor o igual a 30 kW.

c) 600 euros, si la Potencia Térmica Nominal de la Caldera es superior a 30 kW e inferior o igual a 70 kW.

2. En ningún caso, la cuantía de la ayuda a la que hace referencia el apartado 1 de este artículo, podrá superar el 75% del precio de la nueva caldera.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas contempladas en esta Orden, las personas físicas propietarias, arrendatarias o usufructuarias de una vivienda situada en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en la que se sustituya, dentro del periodo de presentación de solicitudes que establecerá la correspondiente convocatoria, una caldera de calefacción de baja eficiencia energética por una caldera estanca de condensación solo calefacción o mixta que utilice gas natural o GLP, gasóleos o fuelóleos con una potencia nominal comprendida entre 15 y 70 kilovatios (kW).

Requisitos:

a) La nueva caldera deberá pertenecer a una instalación particular de calefacción, alcanzar una clasificación energética A o superior en calefacción y ACS (según Reglamento (UE) núm. 811/2013 de 18 de febrero de 2013) y tener instalado uno de los siguientes sistemas de control/regulación:

1.º) Clase II (control sonda exterior en caldera modulante) y termostato de ambiente ON/OFF control.

2.º) Clase V (termostato modulante para calderas modulantes).

3.º) Clase VI (termostato modulante más sonda exterior para calderas modulantes).

La nueva instalación deberá cumplir con el Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios (RITE), aprobado por Real Decreto 1027/2007 y con la demás normativa vigente que se aplique en el momento de llevar a cabo la instalación estando sometida a las inspecciones que de acuerdo a lo establecido en los artículos 29 y concordantes del citado Reglamento realice el personal facultativo del servicio competente de la Dirección General de Energía y Actividad, Industrial y Minera de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

b) Sólo será subvencionable la compra de una única caldera por cada beneficiario y será necesaria la correspondiente sustitución del aparato antiguo por un nuevo equipo, siendo condición indispensable que el aparato sustituido sea retirado del mercado, hecho que será acreditado mediante certificado de la empresa instaladora registrado en el órgano competente de la CARM.

Documentos asociados

Boletín: 23/11/2017
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 271
Documento: Bases Reguladoras 2018 Descargar Documento