Ayudas destinadas a la rehabilitación de edificios y viviendas en la Región de Murcia 2018-2021.

Código de ayuda:

S54073/18

Norma:

Orden de 19 de octubre de 2018. Orden de 26 de octubre de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 29 de noviembre de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

s objeto de la presente convocatoria la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar la ejecución de obras de rehabilitación en viviendas de tipología unifamiliar, en edificios de tipología residencial colectiva, interviniendo tanto en sus elementos comunes como en
el interior de cada vivienda, en su caso, y en viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva, estando siempre situadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Categorías Subvención

  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Conserjería de Fomento e Infraestructuras (Región de Murcia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

a) Los propietarios de viviendas unifamiliares y de edificios de tipología residencial de vivienda colectiva así como de sus viviendas, en su caso, bien sean personas físicas o bien tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública. Podrán ser beneficiarios también, las Administraciones Públicas y los organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las Administraciones propietarias de los inmuebles.

b) Las comunidades de propietarios, o las agrupaciones de comunidades de propietarios constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal.

c) Las sociedades cooperativas compuestas de forma agrupada por propietarios de viviendas o edificios que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil, así como, por los propietarios que conforman comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios constituidos conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal.

d) Los propietarios que, de forma agrupada, sean propietarios de edificios que reúnan los requisitos establecidos por el art. 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal.

e) Las empresas constructoras, arrendatarias o concesionarias de los edificios, así como cooperativas, que acrediten dicha condición mediante contrato vigente a suficiente plazo con la propiedad, que les otorgue la facultad expresa para acometer las obras de rehabilitación objeto del Programa y a solicitar estas ayudas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Programa de fomento de mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en viviendas.

- Programa de fomento de la conservación y de la mejora de la seguridad y de la accesibilidad en viviendas.

Documentos asociados

Boletín: 23/10/2018
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 245
Documento: Bases Reguladoras 2018 Descargar Documento
Boletín: 29/10/2018
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 250
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 30/10/2018
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 251
Documento: Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento