Ayudas destinadas a la promoción y al desarrollo de las zonas rurales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, clasificadas G4, G5 y G6, dirigidas a entidades de carácter público (Erein Públicos).

Código de ayuda:

S02000/19

Norma:

ORDEN de 12 de diciembre de 2018. ORDEN de 21 de enero de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 28 de febrero de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto convocar, para el ejercicio 2019, las ayudas destinadas a la promoción y el desarrollo de las zonas rurales con grado de ruralidad G4, G5 y G6, identificadas en el estudio de «Definición Técnica de zonas rurales», y recogidas en el Anexo I de la presente Orden.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Desarrollo Rural
  • Patrimonio Cultural y Arquitectura

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Consejería de Desarrollo Económico e Infraestructuras (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

a) Las entidades locales entendidas estas según lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 2/2016, de Instituciones Locales de Euskadi; es decir:

i) El municipio.

ii) Los concejos, y cualesquiera otras entidades locales territoriales de ámbito inferior al municipio conforme a la normativa foral existente en cada territorio y lo dispuesto en la legislación básica
de régimen local iii) Las mancomunidades de municipios.

iv) Las cuadrillas del territorio histórico de Álava.

v) Cualesquiera otras entidades que agrupen a varias entidades locales, bajo la denominación específica que corresponda, conforme a lo dispuesto en la Ley 2/2016 y demás normativa que sea de aplicación.

b) El sector público institucional local perteneciente a las entidades del apartado a).

c) Las Asociaciones de Desarrollo Rural, en aquellos casos en los que suscriban con las entidades locales acuerdos de colaboración para la puesta en marcha de proyectos en beneficio de la zona de intervención.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La ayuda tiene por objeto fomentar las inversiones en la creación, mejora o ampliación de todo tipo de infraestructuras enmarcadas en las siguientes actuaciones:

a) Energías renovables, ahorro energético, biomasa y district heating.

b) Servicios básicos: agua y saneamiento (únicamente nuevas infraestructuras y hasta un máximo de 300.000 euros de subvención), electrificación, alumbrado, gasificación, canalización de servicios de telecomunicaciones.

c) Habilitación de pequeños polígonos industriales y de locales que acojan iniciativas empresariales.

d) Infraestructuras de pequeña escala vinculadas al turismo.

e) Edificios y locales para servicios: centros sociales, culturales, para la infancia, centros de día,
bibliotecas, salas polivalentes, equipamientos deportivos y/o de ocio.

f) Acondicionamiento de los núcleos de población relacionados con la recuperación de entornos habitados degradados y su adecuación urbanística: accesibilidad, ajardinamiento, alumbrado y mobiliario urbano.

g) Proyectos de prestación de servicios innovadores ligados a personas jóvenes, mujeres, envejecimiento activo o de inserción social.

Documentos asociados

Boletín: 31/12/2018
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 250
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 25/01/2019
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 18
Documento: Modificación Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 01/02/2019
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 23
Documento: Corrección errores convocatoria Descargar Documento