Ayudas destinadas a la promoción y al desarrollo de las zonas rurales de la Comunidad Autónoma del País Vasco clasificadas G4, G5 y G6.- Convocatoria 2018.

Código de ayuda:

S03446/18

Norma:

ORDEN de 2 de enero de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 19 de marzo de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar, para el ejercicio 2018, las ayudas a la promoción y el desarrollo de las entidades que integran los municipios incluidos en el Anexo I, siempre y cuando las citadas entidades tengan grado de ruralidad G4, G5 y G6, identificadas en el estudio de «Definición Técnica de zonas rurales».

No obstante, serán subvencionables al amparo de la presente Orden, aquellas inversiones que localizadas en zonas no rurales, presten servicio a la población de las zonas de intervención. En estos casos, a través de convenios, se garantizará el acceso de forma igualitaria de la población rural al servicio promocionado. En estos casos, el grado de ruralidad se calculará realizando la media entre los grados de ruralidad de los municipios a los que se dé servicio.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Desarrollo Rural
  • Patrimonio Cultural y Arquitectura
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Consejería de Desarrollo Económico e Infraestructuras (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas:

a) Las entidades locales entendidas éstas según lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 2/2016, de Instituciones Locales de Euskadi:

i) El municipio.

ii) Los concejos y cualesquiera otras entidades locales territoriales de ámbito inferior al municipio, conforme a la normativa foral existente en cada territorio y lo dispuesto en la legislación básica de régimen local.

iii) Las mancomunidades de municipios.

iv) Las cuadrillas del territorio histórico de Álava.

v) Cualesquiera otras entidades que agrupen a varias entidades locales, bajo la denominación específica que corresponda, conforme a lo dispuesto en esta ley y demás normativa que sea de aplicación.

b) El sector público institucional local.

c) Las Asociaciones de Desarrollo Rural, en aquellos casos en los que suscriban con las entidades locales acuerdos de colaboración para la puesta en marcha de proyectos en beneficio de la zona de intervención.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.– Ayudas destinadas a apoyar la provisión de infraestructuras que contribuyan a mejorar la calidad de vida de la población rural.

2.– Ayudas destinadas a apoyar proyectos de Inversión en patrimonio cultural y natural ligado al turismo, así como proyectos de infraestructura recreativa y turística y de información para uso público.

Documentos asociados

Boletín: 18/01/2018
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 13
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento