Ayudas destinadas a la obtencion de competencias linguisticas por parte de personas jovenes desempleadas, aprobada por Acuerdo del Consejo de Administracion de Lanbide, adoptado en su sesion de 6 de julio de 2012.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S28900/12

Norma:

RESOLUCIÓN de 24 de julio de 2012.

Plazo de Solicitud:

Un mes a contar desde el día siguiente a aquel en el que se haya obtenido la acreditación del nivel.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación de las ayudas que Lanbide-Servicio Vasco de Empleo podrá otorgar en el ejercicio 2012 a las personas jóvenes desempleadas que acrediten la obtención de determinadas competencias lingüísticas en los idiomas inglés, francés o alemán, previa realización de estudios en esta materia.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Educación y Ciencia
  • Juventud

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Empleo y Políticas Sociales (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se subvencionará el coste de los gastos previstos en el párrafo siguiente, hasta un máximo de 500 euros
por cada acreditación en los niveles B1, B2, C1 o equivalentes en cualquier de los tres idiomas especificados en el artículo 3.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas solicitantes que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La obtención, a partir del día 1 de enero de 2012, de los niveles B1, B2 o C1 o sus equivalencias según la tabla recogida en el anexo I, en los idiomas inglés, francés o alemán, por parte de personas jóvenes desempleadas que cumplan los requisitos previstos en el artículo siguiente, siempre que hayan realizado previamente alguna acción formativa de al menos 100 horas de duración relativa al idioma en el que acreditan la superación del nivel correspondiente.

Requisitos:

a) Ser mayor de 18 y menor de 35 años en la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda.

b) Estar desempleada e inscrita como demandante de empleo en el Servicio Vasco de Empleo-Lanbide en el
momento de la obtención del nivel en el idioma correspondiente, así como el día de presentación de la solicitud.

c) Estar empadronada en algún municipio de la Comunidad Autónoma del País Vasco en la fecha de
publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco y el día de presentación de la solicitud.

En el supuesto de que en el momento de publicación de la convocatoria no se encontrase empadronada en algún municipio de la CAPV, deberá justificar que causó baja en el padrón dentro de los tres años anteriores a dicha publicación y que hasta entonces mantuvo un empadronamiento ininterrumpido de al menos tres años.

Documentos asociados

Boletín: 27/07/2012
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 146
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento