Ayudas destinadas a la mejora genetica de las explotaciones cunicolas.

Código de ayuda:

S27819/08

Norma:

Resolucion de 3 abril de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 19/05/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas económicas a los titulares de explotaciones cunícolas para contribuir a financiar los gastos ocasionados por la adquisición de dosis seminales y/o de reproductores selectos de la especie cunícola (machos y hembras).

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Infraestructuras, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la ayuda concedida a cada beneficiario se calculará en base a los justificantes de gasto presentados, estableciendo como topes máximos de animales subvencionables y de subvención, por cada 100 madres de censo presentes en la explotación, los siguientes:

- Madres: 100 animales de 8 a 10 semanas de vida, con una subvención de hasta el 100% del coste y sin superar los 15€ de subvención máxima por animal, o bien 120 animales de 1 día de vida, con una subvención de hasta el 100% del coste y sin superar los 8,00 € de subvención máxima por animal.

- Dosis seminales: 1000 dosis, con una subvención máxima del 100% del coste y sin superar 1,00 € de subvención máxima por dosis.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los titulares de explotaciones cunícolas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Promover la mejora genética de las explotaciones cunícolas del Principado de Asturias, contribuyendo así a mejorar la rentabilidad de las mismas.

Requisitos:

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas, los titulares de explotaciones cunícolas que cumplan los siguientes requisitos:

1. tener su explotación inscrita en el registro general de explotaciones ganaderas del Principado de Asturias.

2. Que los reproductores o las dosis seminales para cuya adquisición solicitan ayudas procedan de centros de selección, multiplicación y/o inseminación artificial debidamente registrados y calificados según el Real Decreto 1547/2004, de 25 de junio, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones cunícolas.

3. Poseer un mínimo de 50 madres.

4. tener la actividad declarada en el censo de empresarios de la Agencia tributaria.

5. Aplicar en la explotación, bajo la supervisión de un veterinario, un programa sanitario básico aprobado por el Servicio de Sanidad Animal de la Dirección General de Ganadería y Agroalimentación del Gobierno del Principado de Asturias.

6. Haber comunicado a la autoridad competente el censo medio de animales del año 2007, desglosado en hembras reproductoras, machos reproductores, animales de engorde y animales de reposición.

7. No estar incursos en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

8. No superar el importe máximo de 7.500 euros como suma de las ayudas de mínimis percibidas en los
tres últimos ejercicios fiscales (los dos anteriores y el presente).

Documentos asociados

Boletín: 18/04/2008
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 90
Documento: Convocatoria 2008, Bases Reguladoras y Anexos Descargar Documento