Ayudas destinadas a la instalación, así como a la adecuación al Real Decreto 1559/2005 de centros de limpieza y desinfección de vehículos destinados al transporte de animales.

Código de ayuda:

S36828/06

Norma:

RESOLUCION de 15 de septiembre de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/11/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta norma tiene por objeto la regulación y convocatoria de ayudas destinadas a la instalación, así como a la adecuación al Real Decreto 1559/2005 de centros de limpieza y desinfección de vehículos dedicados al transporte de animales, en adelante centros de limpieza y desinfección.

La finalidad que se persigue es fomentar la creación de una adecuada Red de Centros de Limpieza y Desinfección en el ámbito territorial del Principado de Asturias.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Medio Rural y Pesca (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para aquellos establecimientos que estén obligados normativamente a la ubicación en sus instalaciones de un centro de limpieza y desinfección, mataderos (Ley 8/2003, artículo 57), certámenes de ganado de carácter nacional o los que pretendan destinar los animales a comercio intracomunitario (Ley 8/2003, artículo 54), la subvención máxima será de hasta el 40% del total de la inversión aprobada, teniendo como cantidad máxima en concepto de ayuda 5.000 euros.

En el resto de los casos, las subvenciones contempladas serán de hasta el 50% del total de la inversión aprobada, teniendo como cantidad máxima en concepto de ayuda 20.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas de carácter privado, que pretendan instalar o realizar mejoras en un centro de limpieza y desinfección de vehículos destinados al transporte por carretera de animales, que cumplan los
requisitos establecidos en el artículo 4 del Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el Régimen General de Concesión de Subvenciones del Principado de Asturias.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) La construcción y/o adecuación de centros de limpieza y desinfección de los vehículos dedicados al transporte por carretera en el sector ganadero, según lo definido en el artículo 1.1 del Real Decreto 1559/2005, de 23 de diciembre, sobre condiciones básicas que deben cumplir los centros de limpieza y desinfección de los vehículos dedicados al transporte por carretera en el sector ganadero, incluido el
proyecto técnico.

b) La adquisición de equipos e instalaciones que se adecúen a lo dispuesto en el anexo I del Real Decreto 1559/2005, de 23 de diciembre.

Requisitos:

La inversión objeto de la subvención no deberá estar ejecutada ni en fase de ejecución, en el momento en que se solicita la misma en el caso de nuevas instalaciones, ni adquiridos los bienes para la adecuación de los centros.

Los bienes que hayan sido objeto de subvención deberán mantenerse y dedicarse a los fines previstos en la solicitud y concesión durante un periodo, como mínimo, de cinco años.

Documentos asociados

Boletín: 04/10/2006
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 041006
Documento: Bases, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento