Ayudas destinadas a la implementación de estrategias de desarrollo rural a través del Ticket Rural en elmarco del Plan estratégico de la PAC 2023-2027
Código de ayuda:
S04919/26Norma:
Orden ARP/29/2026, de 16 de febrero.Plazo de Solicitud:
A establecer en la correspondiente convocatoria.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 35.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de las ayudas es la creación o adquisición de microempresas en traspaso o en relevo dedicadas a actividad económica no agraria, salvo las actividades excluidas que constan en el anexo 2, que fomenten el desarrollo económico local, en el marco del PEPAC 2023-2027 en Cataluña. Estas ayudas se gestionan mediante la metodología Leader, con la colaboración de los grupos de acción local seleccionados mediante la Orden ACC/115/2022, de 17 de mayo.Categorías Subvención
Creación nuevas empresas
Localización del organismo gestor
CataluñaConvoca:
Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La ayuda consiste en un importe a tanto alzado a conceder para la creación de una empresa o la adquisición de una empresa en traspaso o relevo, que podrá ser de hasta 35.000,00 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
1. Personas físicas que creen una microempresa a título individual, o que adquieran una microempresa en traspaso o en relevo, en las que al menos se genere su puesto de trabajo y no hayan sido dadas de alta como autónomos en los últimos dos años. En el caso de autónomos colaboradores, solo se considerarán personas beneficiarias si cambian de actividad empresarial, o bien si toman el relevo de la actividad familiar.2. Personas jurídicas y cooperativas no agrarias, siempre que, en las primeras, los socios dedicados mayoritariamente a la actividad subvencionada asuman, como mínimo, el 50% de los riesgos y responsabilidades, y cumplan el requisito de ser microempresa de acuerdo con la Recomendación 2003/361/CE, de 6 de mayo de 2003.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Son subvencionables los gastos de creación o de adquisición de microempresas en traspaso o en relevodedicadas a actividad económica no agraria, excepto las actividades excluidas que constan en el anexo 2, que fomenten el desarrollo económico local.
Requisitos:
a) No haber solicitado el alta en la Tesorería de la Seguridad Social ni en la Agencia Tributaria antes de la presentación de la solicitud, ni en los dos últimos años.b) Los ingresos de las personas físicas, de las personas jurídicas y de las cooperativas no podrán proceder, en más de un 50%, de un único cliente.
c) Deben elaborar un plan de acuerdo con la Recomendación 2003/361/CE, de 6 de mayo de 2003. omarca no disponga del servicio de la Xarxa Emprèn, cualquier entidad de promoción económica del territorio
puede elaborar este plan empresarial. En dicho plan, deberá justificarse la idoneidad del proyecto empresarial para desarrollar la actividad subvencionada. Entidades que pertenecen a la Xarxa Emprèn: https://xarxaempren.gencat.cat/ca/coneix-la-xarxaempren/buscador-dentitats/index.html. La actividad del plan empresarial debe ser la actividad principal de las personas beneficiarias de la ayuda.
d) En el caso de las cooperativas, el plan empresarial debe ser asesorado por el ateneo cooperativo, de la Red de Ateneos Cooperativos de Cataluña, de referencia del territorio. En dicho plan, deberá justificarse la idoneidad del proyecto empresarial para desarrollar la actividad subvencionada. También deberá adjuntarse un informe del ateneo cooperativo en el que se acredite la viabilidad de la cooperativa, la vinculación al territorio, las necesidades a las que da respuesta y los criterios de economía social y solidaria que aplica o quiere aplicar.
e) Realizar proyectos dirigidos a cualquier actividad no agraria, salvo las establecidas en el anexo 2.
f) En el caso de personas físicas, deben estar empadronadas en un municipio del ámbito territorial Leader de Cataluña. Las personas jurídicas deben tener su sede social en el ámbito territorial Leader de Cataluña. En caso de que la persona solicitante no esté empadronada, o no tenga su sede social en el caso de personas jurídicas, en el mismo municipio donde se encuentra la actividad, o bien en el ámbito territorial Leader de Cataluña, deberá estarlo o tenerla en el plazo de dos meses a partir de la fecha de notificación de la resolución de concesión de la ayuda.
g) En el caso de personas jurídicas, sus socios deben cumplir, además, los requisitos siguientes:
g.i) Los socios que asumen el 50% de los riesgos y las responsabilidades de la empresa no deben haber sido dados de alta en la Tesorería de la Seguridad Social en los dos últimos años, o en la Agencia Tributaria, y deben haberse dado de alta antes de presentar la solicitud de la ayuda.
g.ii) Los socios que asumen el 50% de los riesgos y las responsabilidades de la empresa deben tener como actividad principal la que se define en el plan empresarial.
g.iii) Todos los socios tendrán que estar empadronados en un municipio del ámbito territorial Leader de
Cataluña que les corresponda.
h) En el caso de cooperativas, sus socios deben cumplir, además de los apartados anteriores, los requisitos siguientes:
h.i) Los socios que asumen el 50% de los riesgos y las responsabilidades de la empresa no deben haber sido dados de alta en la Tesorería de la Seguridad Social en los dos últimos años, o en la Agencia Tributaria, antes de la presentación de la solicitud de la ayuda.
h.ii) Los socios que asumen el 50% de los riesgos y las responsabilidades de la empresa deben tener como actividad principal la que se define en el plan empresarial.
h.iii) Todos los socios deben realizar proyectos dirigidos a cualquier actividad no agraria, excepto las que establece el anexo 2.
i) Todos los socios deberán estar empadronados en un municipio del ámbito territorial Leader de Cataluña.
En caso de que alguno de los socios no esté empadronado en el mismo municipio donde se encuentra la actividad, o bien en el ámbito territorial Leader de Cataluña, deberá estarlo en el plazo de dos meses a partir de la fecha de notificación de la resolución de concesión de la ayuda.
j) Desarrollar su actividad en municipios del ámbito Leader.
k) La cuenta en la que debe ingresarse el importe de la ayuda incluida en la solicitud debe pertenecer a la persona beneficiaria de la ayuda.
l) No estar sometida a las causas que impiden adquirir la condición de persona beneficiaria que establecen el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el artículo 99 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.
m) No haber solicitado ninguna otra ayuda para la misma finalidad, salvo en el supuesto previsto en la base 8 de estas bases, referido a la concurrencia con otras ayudas. En el caso de haber obtenido o solicitado subvenciones para el mismo proyecto empresarial procedentes de cualquiera de las administraciones o entidades públicas nacionales o internacionales, es necesario especificar su cuantía, la fecha de concesión y el ente que la ha concedido, y adjuntar la resolución de ayuda en caso de que esté aprobada, o el documento de solicitud de ayuda si está pendiente de resolver.
n) En los estatutos de la empresa debe figurar la actividad para la que solicita la ayuda.
o) En el caso de empresas no cooperativas, la empresa se considera una microempresa de acuerdo con la definición establecida en la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, sobre definición de microempresas y pequeñas y medianas empresas.
p) La empresa debe llevar la contabilidad del negocio según la normativa correspondiente.
q) La persona solicitante no debe tener deudas tributarias ni con la Seguridad Social ni con la Generalitat de Catalunya.
r) En el caso de establecimientos abiertos al público, debe cumplirse la normativa de política lingüística.
s) En caso de que la ayuda subvencione actividades que impliquen contacto habitual con menores, es necesario disponer de los certificados legalmente establecidos, o haberlos solicitado antes de la resolución de concesión, para acreditar que el personal de la empresa o entidad que solicita la ayuda no ha sido condenado por sentencia firme por ningún delito contra la libertad e indemnidad sexual, y que, en el caso de que cambie alguna persona adscrita al proyecto o a la actividad subvencionados, existe el compromiso de hacer la comprobación oportuna.
Documentos asociados
Boletín:
19/02/2026
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9608
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9608
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