Ayudas destinadas a la implantacion de sistemas de autocontrol en los mercados de ganado de la Comunidad Autonoma de Galicia.- Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S62200/10

Norma:

Orden de 15 de noviembre de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/12/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La implantación de sistemas de autocontrol en los mercados de ganado de la Comunidad Autónoma de Galicia, en régimen de concurrencia competitiva mediante el sistema de prorrateo.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería del Medio Rural. (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El nivel de ayuda para las inversiones no podrá superar el 50 por ciento de las inversiones subvencionables.

La ayuda máxima no podrá superar la cantidad de 36.000 euros por beneficiario y año.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas jurídicas, públicas o privadas, que sean titulares de un mercado de ganado, según lo establecido en la base de datos del registro general de explotaciones ganaderas creada por el Real decreto 479/2004, de 26 de marzo, por lo que se establece y regula el Registro General de Explotaciones Ganaderas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se subvencionará las actuaciones destinadas a la implantación de un sistema de autocontrol, según los
siguientes requisitos mínimos:

1. Los sistemas de autocontrol aplicables en los mercados de ganado deberán registrar, cuando menos,
los controles que se realizan en los siguientes aspectos generales de actividad e instalaciones del mercado:

a) Mantenimiento óptimo de las instalaciones del mercado.

b) Formación del personal.

c) Organización de la actividad del mercado.
2. El sistema de autocontrol incluirá, como mínimo, los siguientes elementos:

a) Elección de puntos, lugares y actuaciones en los cuales se debe realizar el control.

b) Objetivos a alcanzar o valores guía que se esperan obtener en ese punto de control.

c) Frecuencia de los controles.

d) Registro de las incidencias cuando estos objetivos o valores no se alcanzan.

e) Medidas correctoras aplicadas en el caso de ocurrencia de incidencias.

Requisitos:

Los mercados de ganado deberán:

1. Estar autorizados como centros de concentración para intercambios intracomunitarios según el Real
decreto 1716/2000, de 13 de octubre, sobre normas sanitarias para el intercambio intracomunitario de animales de las especies bovina y porcina o el Real decreto 1941/2004, de 27 de septiembre, por el que se
establecen las normas de policía sanitaria que regulan los intercambios intracomunitarios y las importaciones de terceros países de las especies ovina y caprina.

2. Celebrarse con una periodicidad, al menos, semanal.

Documentos asociados

Boletín: 19/11/2010
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 223
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento