Ayudas destinadas a la gestión de reservas voluntarias de Fauna.

Código de ayuda:

S12773/04

Norma:

Orden de 21 de abril de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 05/07/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La gestión de reservas voluntarias de fauna, destinada a subvencionar inversiones para su mejora o conservación, solicitadas por los propietarios de los terrenos donde se han de desarrollar las actuaciones, o entidades dedicadas a custodia del territorio o conservación de la naturaleza que posean acuerdo de gestión con los propietarios.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Territorio y Vivienda (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Hasta un máximo del 80% del importe previsto.
La cantidad máxima subvencionable para cada terreno será de 6.000,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas y jurídicas, públicas y privadas, propietarias de terrenos naturales o seminaturales, situadas sobre suelo no urbanizable y no adscritos al Catálogo de Montes de Utilidad Pública.


¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La realización de inversiones, que deberán referirse a una o más de las siguientes actividades:
. Restauración de hábitats y mejoras para la fauna silvestre.
. Señalización.
. Limitación de accesos y vallados.
. Limpiezas de basuras y residuos.
. Eliminación de estructuras artificiales.
. Elaboración y señalización de sendas ecoeducativas.
. Actuaciones previstas en planes de recuperación o de acción de especies catalogadas en desarrollo de lo dispuesto en la Ley 4/1989, de Conservación de la Naturaleza.

La redacción de proyectos, planes o programas de futuras inversiones, siempre que tal concepto no supere el 25% de la cantidad total solicitada.

Requisitos:

Las entidades legalmente constituidas, entre cuyas finalidades figure la conservación de la naturaleza, que posean acuerdos formales de gestión con los propietarios de los terrenos.

Se excluyen como beneficiarios la Generalitat Valenciana, la administración del estado y los organismos autónomos y/o empresas públicas dependientes de cualquiera de ellas.

Documentos asociados

Boletín: 05/05/2004
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 4746
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 27/09/2004
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 4850
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 14/03/2005
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 4965
Documento: Importe global máximo Descargar Documento