Ayudas destinadas a la ejecucion de proyectos de mejora de la gestion medioambiental de las explotaciones porcinas.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S42928/11Norma:
ORDEN AAM/208/2011, de 22 de agosto. ORDEN AAM/278/2011, de 18 de octubre. ORDEN AAM/213/2012, de 10 de julio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 20/09/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Promover el desarrollo de sistemas innovadores que reducen el volumen y el contenido de nitrógeno y otros fitonutrientes de los purines procedentes de las explotaciones porcinas, mejoren su gestión, que sean sistemas respetuosos y compatibles con la protección del medio ambiente, que eviten consumos ineficientes de energía, que contemplen una visión integral de valorización y desarrollo de mejores técnicas disponibles en la aplicación de purines.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
- El importe de la ayuda no puede ser superior a 200.000,00 euros por persona beneficiaria.- La intensidad bruta de la ayuda no podrá superar:
a) El 37,5 por ciento de las inversiones subvencionables en las zonas desfavorecidas o en las zonas indicadas en el artículo 36.a) incisos i) ii) iii) del Reglamento (CE) núm. 1698/2005, del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
b) El 30 por ciento en otras regiones.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las asociaciones, organizaciones y agrupaciones de titulares de explotaciones porcinas, centros de gestión de deyecciones ganaderas y otras figuras equivalentes debidamente constituidas, así como los titulares de planes conjuntos de gestión de deyecciones ganaderas que reúnan los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) La compra, incluido el arrendamiento financiero con opción de compra, de maquinaria y equipamientos necesarios para una mejora en la gestión de los purines de las explotaciones que favorezcan la preservación y la mejora del entorno natural, hasta el valor de mercado de la mencionada maquinaria o equipamiento que permitan la incorporación adecuada de purines en el suelo. Serán subvencionablesaplicadores de tubos y conductímetros, entre otros.
b) La implantación de técnicas para el seguimiento y control de purín proveniente del ganado porcino y la implantación de las Mejores técnicas disponibles (MDT) en las explotaciones porcinas:
b.1) Mejora de los sistemas de alimentación existentes con el fin de que se minimice el volumen y/o el contenido de nitrógeno de las deyecciones generadas en las explotaciones, como la incorporación de tolvas adicionales para mejorar el ajuste de la alimentación en fases, hasta 2 tolvas más de las que dispone la explotación, y con la implantación de sistemas de alimentación de precisión.
b.2) Mejora de las instalaciones existentes de abrevaderos de manera que se minimicen los escapes de agua hacia las fosas, aparatos de medida u otros sistemas que permitan racionalizar o reducir el consumo de agua y la instalación de sistemas de limpieza a presión.
b.3) Cubrimiento de las balsas de purines y la implantación de equipos de reducción de emisiones, así como sistemas de homogeneización del purín por el vaciado de las fundiciones y/o de las balsas.
c) Gastos generales relacionados con los gastos indicados en el apartado anterior, como los honorarios del personal asesor, los estudios de viabilidad o la adquisición de patentes y licencias. El importe del conjunto de estos gastos queda limitado a un máximo de 12 por ciento de las inversiones admisibles previstas en el apartado anterior.
Requisitos:
a) Deben estar integrados por un mínimo de 3 explotaciones de porcino y 3 titulares diferentes, que presenten conjuntamente un proyecto de gestión de purines, según se define en el anexo 2 de la Orden.b) Los proyectos deben incluir la participación de explotaciones agrarias, o empresas gestoras, de manera que se lleve a cabo una gestión y valorización de purines innovadora desde el punto de vista tecnológico, económico y medioambiental, y que integren las mejores técnicas disponibles en la aplicación de purines.
- La asociación, organización, agrupación o figura equivalente beneficiaria, así como las explotaciones de porcino integrantes de un plan colectivo y las explotaciones agrarias deben cumplir los requisitos siguientes:
a) No tener la consideración de empresa en situación de crisis, de acuerdo con la definición contenida en las directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y reestructuración de empresas en crisis (2004/C244/02) (DOUE C244, d1.10.2004).
b) Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias y sociales en el momento que el Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural realice las comprobaciones correspondientes de sus obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria (AEAT) y sociales con la Seguridad Social, así como no tener deudas de ningún tipo con la Generalidad de Cataluña.
- Las explotaciones porcinas integradas en el proyecto, además de lo que establece el apartado 2.2, tienen que:
a) Estar inscritas en estado de activas en el Registro de explotaciones ganaderas previsto en el artículo 3.3 del Real decreto 479/2004, de 26 de marzo, como explotación de producción y reproducción, así como disponer del correspondiente libro de registro de explotaciones ganaderas debidamente actualizado.
b) Cumplir con la normativa sectorial mínima correspondiente en materia de ordenación, bienestar, identificación, sanidad animal, medio ambiente, higiene y la normativa que regula los planes de gestión de deyecciones ganaderas.
c) Disponer de las instalaciones de almacenaje de purines necesarias de acuerdo con la normativa vigente.
d) Cumplir los requisitos para la consideración de pyme de conformidad con el Reglamento (CE) 800/2008, de la Comisión, de 6 de agosto de 2008, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común, en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías) (DOUE L214, de 9.8.2008), sobre definición de pyme.
- Las explotaciones agrícolas integradas en el proyecto, además de lo que establece el apartado 2.2 han de:
a) Cumplir con la normativa sectorial mínima correspondiente.
b) Registrar las cantidades de purines aplicadas en la fertilización del terreno, teniendo en cuenta las necesidades y en función del uso del suelo, así como otras posibles aportaciones recibidas.
c) Cumplir los requisitos para la consideración de pyme conforme al Reglamento (CE) 800/2008, de la Comisión, de 6 de agosto de 2008, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común, en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías) (DOUE L214, de 9.8.2008), sobre definición de pyme.
Documentos asociados
Boletín:
02/09/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5955
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5955
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento
Boletín:
27/10/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5993
Documento: Modificación Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5993
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín:
22/11/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6010
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6010
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Boletín:
18/07/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6173
Documento: Modificación Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6173
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