Ayudas destinadas a la ejecución de programas de sanidad animal en los sectores porcino, cunícula y de caprino de leche.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S39446/16

Norma:

ORDEN ARP/255/2016, de 16 de septiembre.RESOLUCIÓN ARP/2226/2016, de 3 de octubre. ORDEN ARP/180/2017, de 27 de julio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 21 de octubre de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar las ayudas destinadas a la ejecución de programas de sanidad animal para 2016 de acuerdo con
las bases reguladoras aprobadas por la Orden ARP/255/2016, por la que se aprueban las bases reguladoras de
las ayudas destinadas a la ejecución de programas de sanidad animal en los sectores porcino, cunícola y de
caprino de leche.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Este presupuesto se distribuye por especies de la forma siguiente:

- 354.000,00 euros para el sector porcino.

- 176.000,00 euros para el sector cunícola.

- 15.000,00 euros para el sector del caprino.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas

Detalle beneficiarios:

Pueden ser entidades solicitantes y perceptoras de la ayuda las agrupaciones de defensa sanitaria que
estén reconocidas como tales, o que estén en trámite de reconocimiento, que lleven a cabo alguno de los
programas sanitarios detallados en el anexo 2 a los que hace referencia el artículo 1.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Controles sanitarios, pruebas diagnósticas, análisis de laboratorio, y otras medidas de diagnóstico, incluidos los gastos de la actuación profesional de los veterinarios de la agrupación de defensa sanitaria. En el sector porcino sólo serán subvencionables los análisis de laboratorio que se hayan realizado en un laboratorio reconocido por el DARP de acuerdo con lo establecido en el artículo 30 de la Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal.

Compra y aplicación de vacunas, medicamentos veterinarios biocidas y otros productos zoosanitarios, incluidos los gastos de la actuación profesional de los veterinarios de la agrupación de defensa sanitaria.

El sacrificio de los animales enfermos o sospechosos, incluidos los gastos de la actuación profesional de los veterinarios de la agrupación de defensa sanitaria, siempre que esta medida no haya sido establecida por la Administración en cumplimiento de la normativa vigente.

Requisitos:

a) Ser una pequeña o mediana empresa de acuerdo con lo establecido en el anexo I del Reglamento (UE) del
Reglamento 702/2014, de la Comisión de 25 de junio de 2014.

b) Estar integradas en una única agrupación de defensa sanitaria encargada de la prestación de los servicios para el cumplimiento del programa sanitario. A estos efectos, se tendrán en cuenta las explotaciones ganaderas respecto a las cuales la ADS, junto con el titular de la explotación, haya notificado a la Administración su vinculación.

c) Estar inscritas en el Registro de explotaciones ganaderas que prevé el Decreto 40/2014, de 25 de marzo, de ordenación de explotaciones ganaderas.

d) Cumplir los programas sanitarios oficiales obligatorios establecidos por la normativa vigente.

e) Cumplir los requisitos vigentes en materia de bienestar animal.

Documentos asociados

Boletín: 03/10/2016
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7218
Documento: Bases Reguladoras 2016 Descargar Documento
Boletín: 06/10/2016
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7221
Documento: Convocatoria 2016 Descargar Documento
Boletín: 01/08/2017
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7424
Documento: Modificación Descargar Documento