Ayudas destinadas a la diversificacion de la actividad economica en las comarcas de Castilla-La Mancha afectadas por el abandono de cuota de azucar, y se convocan las citadas ayudas para el año 2009.

Código de ayuda:

S45791/09

Norma:

Orden de 08/06/2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/07/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer en Castilla-La Mancha las bases reguladoras de las subvenciones derivadas de la ayuda para la diversicación prevista por los artículos 6 y 7 del Reglamento (CE) n.º 320/2006 del Consejo, de 20 de febrero de 2006, por el que se establece un régimen temporal para la reestructuración del sector del azúcar
en la Comunidad.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganaderia y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la ayuda por beneciario será del 50 % de la inversión justicada, hasta un máximo de 70.000 euros por titular.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas y jurídicas titulares de explotaciones agrarias situadas dentro de las nueve comarcas de Castilla-La Mancha delimitadas en el programa nacional de reestructuración del sector del azúcar (anexo V).

Requisitos:

1. Las actuaciones objeto de la solicitud de ayuda deberán versar sobre inversiones en la adquisición de la maquinaria y los equipos agrarios enumerados en el anexo II de la presente orden.

2. Los solicitantes deberán ser titulares de explotaciones agrarias situadas en el área geográca afectada por el abandono de cuota de azúcar en Castilla-La Mancha. A los efectos de la presente orden, se considerarán explotaciones situadas en éste área geográca, aquellas que tengan más del 50 % de la supercie en los términos municipales enunciados en el anexo V.

3. Las máquinas y equipos subvencionados serán de primera adquisición y los beneciarios deberán mantener la titularidad y el uso de los mismos durante un plazo de cinco años, a partir de la fecha de adquisición.

Documentos asociados

Boletín: 12/06/2009
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 113
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento