Ayudas destinadas a la cofinanciación de los servicios de comedor escolar gestionados por las asociaciones de madres y padres del alumnado de los centros públicos no universitarios dependientes de esta consellería, para el curso académico 2018/19.

Código de ayuda:

S29664/19

Norma:

ORDEN de 23 de abril de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 10 de junio de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas económicas destinadas a la cofinanciación de los servicios de comedor escolar gestionados por las asociaciones de madres y padres del alumnado de los centros públicos no universitarios.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Cultura, Educación y Universidad (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Importe total de la convocatoria: 552.998 €.

Cuantía de las ayudas: hasta un máximo del 50 % del coste del servicio de comedor del centro escolar correspondiente.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Asociaciones, federaciones o confederaciones de madres y padres de alumnado, legalmente constituidas, que gestionan los comedores escolares en los centros públicos no universitarios, dependientes de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional, que imparten los niveles de enseñanza básica obligatoria y/o segundo ciclo de educación infantil.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Son actividades cofinanciables las vinculadas a la organización y gestión de los comedores escolares existentes en los centros públicos no universitarios dependientes de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional que realicen las entidades que pueden ostentar la condición de beneficiarias, y que se enumeran en el artículo 4.

Las ayudas podrán sufragar hasta un máximo del 50 % del coste del servicio de comedor del centro escolar correspondiente. Para ello se tendrá en cuenta el presupuesto que la solicitante debe adjuntar en el momento de presentar su solicitud, que deberá ajustarse al modelo incorporado como anexo II.

Los solicitantes que sean perceptores de otras ayudas para el mismo fin concedidas por otras entidades públicas o privadas, deberán acreditar documentalmente su naturaleza y cuantía, y percibirán, en su caso, la ayuda con los límites expresados en el artículo 2.2.

Documentos asociados

Boletín: 10/05/2019
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 89
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 10/05/2019
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 89
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento