Ayudas destinadas a fomentar la reconversión varietal del lúpulo durante el año 2006 en zonas no afectadas por el Programa aprobado por Decisión de la Comisión 89/479/CE en el Marco del Programa Operativo Integrado de Castilla y León 2000/2006.

Código de ayuda:

S05482/06

Norma:

ORDEN AYG/182/2006, de 10 de febrero. ORDEN AYG/226/2006, de 14 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/03/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La reconversión varietal del lúpulo durante el año 2006 en las zonas no afectadas por el Programa aprobado por Decisión de la Comisión 89/479/CEE.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de la ayuda no podrá superar en ningún caso el 33,75% del coste de la inversión, ni el límite máximo de 1.900 euros por hectárea.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán acceder a estas ayudas todos los cultivadores de lúpulo que deseen realizar una reconversión varietal en parcelas ubicadas en las zonas no afectadas por el Programa aprobado por Decisión de la Comisión 89/479/CEE.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se entiende por actividad subvencionable las inversiones que realicen los productores conforme al Programa de Reconversión Varietal dirigido a mejorar la calidad del lúpulo y su rentabilidad.

Documentos asociados

Boletín: 16/02/2006
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 33
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 20/02/2006
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 35
Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento