Ayudas destinadas a fomentar la reconversión varietal del lúpulo.
Código de ayuda:
S03237/05Norma:
Orden AYG/83/2005, de 28 de enero.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 31/03/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
Se regulan y convocan ayudas destinadas a la reconversión varietal del lúpulo durante el año 2005 en las zonas no afectadas por el Programa aprobado por Decisión de la Comisión 89/479/CEE.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe máximo de la ayuda no podrá superar en ningún caso el 33,75% del coste de la inversión, ni el límite máximo de 1.900 euros por hectárea.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Los cultivadores de lúpulo que deseen realizar una reconversión varietal en parcelas ubicadas en las zonas no afectadas por el Programa aprobado por Decisión de la Comisión 89/479/CEE.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las inversiones que realicen los productores conforme al Programa de Reconversión Varietal dirigido a mejorar la calidad del lúpulo y su rentabilidad.Documentos asociados
Boletín:
03/02/2005
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 23s
Documento: Convocatoria 2005 y Solicitud Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 23s
Documento: Convocatoria 2005 y Solicitud Descargar Documento