Ayudas destinadas a fomentar la reconversión varietal del lúpulo.

Código de ayuda:

S03237/05

Norma:

Orden AYG/83/2005, de 28 de enero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/03/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se regulan y convocan ayudas destinadas a la reconversión varietal del lúpulo durante el año 2005 en las zonas no afectadas por el Programa aprobado por Decisión de la Comisión 89/479/CEE.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de la ayuda no podrá superar en ningún caso el 33,75% del coste de la inversión, ni el límite máximo de 1.900 euros por hectárea.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los cultivadores de lúpulo que deseen realizar una reconversión varietal en parcelas ubicadas en las zonas no afectadas por el Programa aprobado por Decisión de la Comisión 89/479/CEE.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las inversiones que realicen los productores conforme al Programa de Reconversión Varietal dirigido a mejorar la calidad del lúpulo y su rentabilidad.

Documentos asociados

Boletín: 03/02/2005
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 23s
Documento: Convocatoria 2005 y Solicitud Descargar Documento