Ayudas destinadas a fomentar el asociacionismo y la participación de las mujeres.- Convocatoria 2018.

Código de ayuda:

S01982/18

Norma:

RESOLUCIÓN de 5 de diciembre de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 8 de febrero de 2018.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 3.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva y tienen por objeto fortalecer y consolidar el movimiento asociativo y potenciar la participación social y la calidad de vida de las mujeres gallegas a través de las siguientes líneas:

a) Línea 1: consolidación del movimiento asociativo, destinada a compensar gastos corrientes que originen el mantenimiento y el funcionamiento de las asociaciones de mujeres y sus federaciones.

b) Línea 2: promoción de actuaciones y actividades singularizadas en materia de igualdad, relativas a la sensibilización y concienciación social, información o formación en materia de igualdad y de prevención de la violencia de género, o dirigidas a potenciar y facilitar la mejora de la calidad de vida y la participación de las mujeres en todos los ámbitos.

Son subvencionables los gastos y las actuaciones realizadas entre el 1 de octubre de 2017 y el 30 de septiembre de 2018, ambos inclusive.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la ayuda es de 3.000 €.

Para la concesión de estas ayudas se destina crédito por un importe total de ciento ochenta mil euros (180.000 €) con cargo a fondos propios de la Comunidad Autónoma y de acuerdo con la siguiente distribución: a) línea 1, consolidación del movimiento asociativo: hasta 90.000 euros; b) línea 2, promoción de acciones singularizadas en materia de igualdad: hasta 90.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas destinadas a fomentar el asociacionismo y la participación de las mujeres las asociaciones de mujeres y las federaciones constituidas al amparo de la Ley orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación, que tengan domicilio social en Galicia y estén inscritas en el área de igualdad del Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales (RUEPSS), siempre que cumplan los demás requisitos y condiciones establecidos en las bases reguladoras.

Documentos asociados

Boletín: 08/01/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 5
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 08/01/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 5
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento