Ayudas destinadas a fomentar el asociacionismo y la participación de las mujeres.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S28873/16

Norma:

RESOLUCIÓN de 14 de julio de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 29 de agosto de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva y tienen por objeto fortalecer y consolidar el movimiento asociativo y potenciar la participación social y la calidad de vida de las mujeres gallegas.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la ayuda es de 3.000 €.

Para la concesión de estas ayudas se destina crédito por un importe total de ciento ochenta y ocho mil euros (188.000 €) con cargo a fondos propios de la Comunidad Autónoma y de acuerdo con la siguiente distribución: a) línea 1, consolidación del movimiento asociativo: hasta 94.000 euros; b) línea 2, promoción de acciones singularizadas en materia de igualdad: hasta 94.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas destinadas a fomentar el asociacionismo y la participación de las mujeres las asociaciones de mujeres y las federaciones constituidas al de la Ley orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación, tengan domicilio social en Galicia y estén inscritas en el área de igualdad del Registro de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales (RUEPSS), siempre que cumplan demás requisitos y condiciones establecidos en las bases reguladoras.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Línea 1: consolidación del movimiento asociativo, destinada a compensar gastos corrientes que originen el mantenimiento y funcionamiento de las asociaciones de mujeres y sus federaciones.

b) Línea 2: promoción de actuaciones y actividades singularizadas en materia de igualdad, relativas a la sensibilización y concienciación social, información o formación en materia de igualdad y de prevención de la violencia de género, o dirigidas a potenciar y facilitar la mejora de la calidad de vida y la participación de las mujeres en todos los ámbitos.

Son subvencionables los gastos y las actuaciones realizadas entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2016.

Documentos asociados

Boletín: 28/07/2016
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 142
Documento: Bases, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 28/07/2016
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 142
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento