Ayudas destinadas a fomentar e impulsar la competitividad de los sectores productivos empresariales, dirigida a los Centros de Desarrollo Industrial Balear para el año 2026.
Código de ayuda:
S22446/26Norma:
Resolución de 5 de agosto de 2026.Plazo de Solicitud:
Desde el 29 de agosto de 2026 a las 10:00h hasta el 28 de septiembre de 2026.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Esta convocatoria tiene por objeto conceder subvenciones destinadas a fomentar e impulsar la mejora de la cooperación empresarial y de la competitividad de los sectores productivos empresariales de las Islas Baleares a través de la incentivación y de la consolidación de los Centros de Desarrollo Industrial Balear y de los proyectos colaborativos que desarrollan.Categorías Subvención
I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor
Islas BalearesConvoca:
Consejería de Empresa, Autónomos y Energía (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1.1. Gastos de funcionamiento de las estructuras de coordinación y gestión.El objeto de esta línea es otorgar ayudas para las cargas económicas salariales y de la Seguridad Social derivadas de la gerencia y la estructura de personal de las entidades beneficiarias.
Son subvencionables los gastos salariales y de la Seguridad Social de la gerencia y del personal laboral contratado por la entidad beneficiaria, en la siguiente proporción:
Subvención del 80 % de los gastos salariales y de la Seguridad Social de la gerencia y del personal laboral contratado por la entidad beneficiaria.
1.2. Gastos corrientes directamente vinculados al funcionamiento ordinario de la entidad.
Son subvencionables los gastos de funcionamiento ordinario como, por ejemplo, el alquiler de las sedes de las organizaciones y los gastos de suministros y comunicaciones.
No son subvencionables los gastos financieros ni de inversión.
Subvención del 50 % de los gastos justificados.
1.3. Colaboraciones externas.
Son subvencionables los gastos externos de consultoría y otros servicios que se especifiquen de manera detallada en la solicitud de ayuda y sean necesarios para la buena gestión y el funcionamiento de la entidad, así como gastos para la realización de acciones de promoción de la misma entidad: material promocional (catálogo o folleto promocional) y acciones de difusión.
Subvención del 50 % de los gastos justificados.
El importe máximo subvencionable por los tres conceptos descritos en los apartados 1.1, 1.2 y 1.3 es de 40.000 euros por beneficiario.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
Detalle beneficiarios:
Son beneficiarios de estas ayudas las personas jurídicas sin ánimo de lucro consideradas como «Centros de Desarrollo Industrial Balear» que estén establecidos físicamente en las Illes Balears, que tengan allí su domicilio fiscal, que desarrollen sus acciones en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Illes Balears y cuyas actividades coincidan con el objeto de esta convocatoria.Los Centros de Desarrollo Industrial Balear, a efectos de esta convocatoria, son organismos de investigación sin ánimo de lucro que disponen de los recursos materiales y humanos propios necesarios para la realización de actividades destinadas tanto a la generación de conocimiento tecnológico como a facilitar la explotación de este conocimiento, ya sea por centros existentes o bien mediante la generación de nuevas iniciativas empresariales, que contribuyan a la mejora competitiva de las empresas y al desarrollo económico de su entorno y que tengan entre sus representados/asociados como mínimo un 20 % de empresas con IAE comprendido entre los epígrafes 2, 3, 4 y 5.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Gastos de funcionamiento de las estructuras de coordinación y gestión de la entidad, consistentes en los costes del personal y de los gastos de administración y funcionamiento.b) Gastos corrientes directamente vinculados al funcionamiento ordinario de la entidad.
c) Colaboraciones externas, como por ejemplo gastos externos de consultoría y otros servicios que se especifiquen de manera detallada en la solicitud de ayuda y sean necesarios para la buena gestión y el funcionamiento de la entidad, así como gastos para la realización de acciones de promoción de la misma entidad: material promocional (catálogo o folleto promocional) y acciones de difusión.
Requisitos:
a) Tienen que estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social y de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.La solicitud de las ayudas comportará la autorización para que la Consejería de Empresa, Autónomos y Energía pueda comprobar de oficio que la entidad solicitante está al corriente de estas obligaciones, excepto en caso de denegación expresa. En este caso, el solicitante tiene que aportar los certificados correspondientes, junto con la solicitud de las ayudas.
b) El centro de trabajo tiene que estar ubicado en el territorio de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
c) Entre sus representados/asociados tiene que haber, como mínimo, un 20 % de empresas con IAE comprendido entre los epígrafes 2 a 5, ambos incluidos.
d) Tiene que presentar la solicitud en los términos y con los requisitos que establecen los puntos séptimo y octavo de esta convocatoria.
Documentos asociados
Boletín:
18/08/2026
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 103
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 103
Documento: Convocatoria Descargar Documento
