Ayudas destinadas a financiar la formacion de las personas empleadas en la Administracion Publica de la Comunidad Autonoma del Pais Vasco.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S02682/14

Norma:

RESOLUCIÓN de 13 de enero de 2014. RESOLUCIÓN de 12 de febrero de 2014. RESOLUCIÓN de 22 de abril de 2015.

Plazo de Solicitud:

Hasta las 24:00 horas del 30 de junio de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas destinadas a la financiación de la formación para el empleo que realicen durante el ejercicio 2015 las entidades de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma del País Vasco a las que se refiere la base tercera de esta convocatoria en relación al personal empleado en las mismas.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Justicia y Administración Pública (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

a) Los Departamentos del Gobierno Vasco y sus Organismos Autónomos, respecto a su propio personal.

b) El Ente Público de Derecho Privado Osakidetza-Servicio vasco de salud.

c) La Academia Vasca de Policía y Emergencias, respecto al personal cuya formación le corresponda organizar.

d) El Departamento de Administración Pública y Justicia del Gobierno Vasco, en relación con la formación del personal de la Administración de Justicia cuya gestión compete a este departamento.

e) El Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura, en relación con la formación del personal docente.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los planes o programas promovidos para la formación de su personal por las entidades de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Los planes o programas de formación podrán incluir, además de la oferta formativa propiamente
dicha, alguna o algunas de las siguientes acciones:

– El diseño y/o elaboración de contenidos formativos.

– El establecimiento de redes de aprendizaje temporales o permanentes.

– El diseño, elaboración y publicación de material docente en cualquiera de los soportes utilizados en formación.

– La realización de diagnóstico de las necesidades formativas en que se base el plan de formación del año 2014 o siguientes.

– Estudios relacionados con la evaluación del aprovechamiento, transferencia o impacto referidos a la formación desarrollada por la entidad.

Documentos asociados

Boletín: 18/01/2014
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 33
Documento: Ampliación Plazo Presentación. Descargar Documento
Boletín: 27/01/2014
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 17
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento
Boletín: 04/05/2015
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 80
Documento: Bases y Convocatoria 2015. Descargar Documento