Ayudas destinadas a financiar la contratación predoctoral de personal investigador, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S23564/16

Norma:

ORDEN EDU/602/2016, de 27 de junio. Orden de 10 de noviembre de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 3 de diciembre de 2016.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 18.500

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar la contratación de personal investigador, mediante la modalidad de contrato predoctoral según establece el artículo 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, que se desarrollarán en las siguientes entidades colaboradoras:

a) Las universidades públicas de Castilla y León.

b) Los organismos y centros públicos de investigación con sede ubicada en Castilla y León.

c) Infraestructuras científico-técnicas singulares situadas en Castilla y León.

d) Las universidades privadas sin ánimo de lucro con sede en Castilla y León.

e) Las fundaciones de ámbito sanitario con sede en Castilla y León que tengan dentro de los fines y actividades de sus estatutos, la investigación, y realice su labor investigadora a través de personal que mantenga una vinculación laboral acreditable con la misma.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Educación (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La ayuda máxima para cada uno de los contratos que se formalicen será de DIECIOCHO MIL QUINIENTOS EUROS (18.500 €) por año completo. Se abonará la parte proporcional en los supuestos de renuncia y suplencia, cuando la duración del contrato sea menor a un año. Estas ayudas subvencionarán los gastos que estos contratos generen, incluyendo los salarios y las cuotas de la Seguridad Social.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Particulares / Personas físicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los titulados universitarios que en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes, reúnan los requisitos.

Requisitos:

a) Estar matriculado en un programa de doctorado, conforme al Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, o en la fase de investigación de un programa de doctorado de una regulación anterior, de una universidad de Castilla y León.

b) Contar en el expediente académico con una nota media mínima que se establezca en la convocatoria y que no podrá ser inferior a 6,5 puntos.

c) Contar con el compromiso, por parte de alguna de las entidades establecidas en el artículo 1 (en adelante Entidades), de asumir el trabajo de investigación para el que se ha solicitado la correspondiente ayuda y de formalizar el correspondiente contrato predoctoral.

d) No encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones que para la obtención de la condición de beneficiario se recogen en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones.

e) No estar en posesión del título de doctor.

f) No haber sido beneficiario, durante más de tres meses, de ayudas convocadas al amparo del Real Decreto 63/2006, de 27 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador en formación, o de otras convocatorias de ayudas para financiar la contratación de personal investigador en la modalidad de contrato predoctoral. A este respecto, la inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato o documento que se acompañe podrá determinar la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o actividad afectada desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiera lugar, conforme al artículo 71 bis.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y, en su caso de la aplicación del régimen de infracciones y sanciones administrativas establecido en el título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

g) El trabajo de investigación que presenta la persona candidata al contrato, deberá formar parte de un proyecto de investigación en activo que esté siendo financiado, o bien de un convenio o contrato de investigación en vigor, suscrito con entidades públicas o empresas privadas; en todos los casos por un importe mínimo de diez mil euros (10.000,00 €). La duración de este proyecto, convenio o contrato será como mínimo hasta que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

Igualmente en caso de financiación mediante ayuda pública será necesario que hay recaído resolución definitiva de concesión de la misma, independientemente del período de elegibilidad del gasto que para la misma se haya establecido.

Documentos asociados

Boletín: 05/07/2016
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 128
Documento: Bases Reguladoras 2016 Descargar Documento
Boletín: 16/11/2016
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 221
Documento: Convocatoria 2016 Descargar Documento
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