Ayudas destinadas a financiar la contratacion de personal investigador de reciente titulacion universitaria, en el marco de la Estrategia Regional de Investigacion Cientifica, Desarrollo Tecnologico e Innovacion 2007-2013, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.

Código de ayuda:

S14591/08

Norma:

ORDEN EDU/325/2008, de 26 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Según se establezca en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar la contratación de personal investigador de reciente titulación universitaria por los organismos de investigación.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Empleo
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Educación (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El número y la cuantía de las ayudas se determinará de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

La ayuda para cada uno de los contratos que se formalicen cubrirá como máximo el salario bruto que se especifique en la convocatoria, la cuota empresarial de la Seguridad Social y, cuando proceda, las indemnizaciones por despido o finalización de contrato en la cuantía establecida con carácter obligatorio en el Estatuto de los Trabajadores o en su normativa de desarrollo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Los organismos de investigación contratantes asumirán la condición de entidad colaboradora a los efectos de lo dispuesto en la Ley 28/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, colaborando en la gestión de la subvención y en la distribución de las ayudas a los beneficiarios de las mismas.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas objeto de la presente convocatoria los titulados universitarios que reúnan los siguientes requisitos:

a) Poseer la nacionalidad española, ser nacional de un país miembro de la Unión Europea o ser extranjero con permiso de residencia en España.
b) Haber superado, en el momento de presentar la solicitud, todas las asignaturas o, en su caso, todos los créditos exigidos para la obtención del título universitario superior de licenciado, ingeniero o arquitecto,
incluidos los que correspondan al proyecto fin de carrera.
En el supuesto de que los estudios se hayan realizado en el extranjero deberán estar homologados por el Ministerio de Educación y Ciencia. Si el solicitante ha realizado sus estudios de licenciatura en países de la Unión Europea que hayan suscrito convenios con España de reconocimiento de equivalencia de grados académicos y estudios en el ámbito de la educación superior, bastará el reconocimiento por parte del Ministerio de Educación y Ciencia de la equivalencia de los estudios correspondientes al título de licenciado
español a efectos de permitir el acceso a los estudios universitarios de tercer ciclo.
c) La fecha de fin de estudios debe ser posterior al 1 de enero de 2005, excepto en los casos detallados a continuación, en los que bastará con ser posterior al 1 de enero de 2001:
– Los solicitantes que estén en posesión del título o certificado oficial de Especialidad de Interno Residente (médica, farmacéutica, biología, química o psicología).
– Los solicitantes que acrediten haberse dedicado a la atención y cuidado de hijos menores de cinco años entre el 1 de enero de 2001 y el 1 de enero de 2005.
d) Tener una nota media de expediente académico igual o superior a 1,60 puntos.

No podrán ser beneficiarios quienes ya estén en posesión del título de doctor.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El personal investigador de reciente titulación deberá realizar un trabajo de investigación durante el periodo de vigencia del contrato bajo la dirección de un investigador doctor que estará vinculado laboral o estatutariamente al organismo de investigación. En el supuesto de vinculación contractual del director, el contrato deberá contemplar una duración superior a la del periodo máximo de la ayuda; en caso contrario, deberá figurar un codirector que cumpla tal requisito. Ningún director podrá dirigir a más de un investigador de reciente titulación al amparo de la correspondiente convocatoria.

Los trabajos de investigación deberán realizarse en centros, instituciones, departamentos u otras unidades de investigación, todos ellos con sede en Castilla y León, de universidades de Castilla y León; en organismos y centros públicos de investigación ubicados en Castilla y León; o en hospitales universitarios con conciertos vigentes con las universidades de Castilla y León.

La duración de las ayudas será de un año renovables anualmente hasta un máximo de cuatro años. Los contratos deberán formalizarse en el plazo previsto en la correspondiente convocatoria en la modalidad de obra o servicio determinado.

En ningún caso la concesión de las ayudas conllevará relación contractual entre el personal investigador de reciente titulación y la Comunidad de Castilla y León.

El organismo de investigación y el personal investigador de reciente titulación contratado aparecerá en la lista pública prevista en el artículo 7 apartado 22 letra d del Reglamento (CE) 1828/2006 de la Comisión de 8 de diciembre de 2006.

Documentos asociados

Boletín: 03/03/2008
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 43
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento