Ayudas destinadas a financiar acciones formativas con destino a jóvenes incluidos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, orientados profesionalmente a la docencia y a la intervención en programas socioeducativos, cofinanciadas con el Programa Operativo de Empleo Juvenil.- Convocatoria 2018.

Código de ayuda:

S00419/18

Norma:

ORDEN EDU/1134/2017, de 18 de diciembre. Orden de 29 de diciembre de 2017. RESOLUCIÓN de 16 de enero de 2018. ORDEN EDU/1268/2018, de 16 de noviembre. Orden de 29 de noviembre de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 19 de diciembre de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Mejorar la formación para la empleabilidad de los jóvenes destinatarios, mediante la participación fuera del horario lectivo en labores de coordinación con los centros, familias, entidades e instituciones, el seguimiento del alumnado asignado al programa y la impartición directa de las actividades extraescolares diseñadas.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Empleo
  • Formación
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Educación (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía global de créditos destinado a estas ayudas es de 334.400 €.

La cuantía de la ayuda por beneficiario se calculará aplicando el precio hora, que será de 7,65 €, al número de horas realizadas al mes, todo ello multiplicado por el número de meses que abarca la convocatoria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Jóvenes que cumplan los requisitos establecidos.

Requisitos:

a) Estar inscrito en el registro de garantía juvenil con la condición de beneficiario.

http://www.empleo.gob.es/es/garantiajuvenil/accesoJovenes.html

b) Estar en posesión del título de licenciado, graduado o equivalente requerido en el puesto solicitado, correspondientes a los perfiles profesionales descritos en el anexo I.

c) Estar empadronado en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León.

d) Estar al corriente del pago de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

e) No encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones que para la obtención de la condición de beneficiario se recogen en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

f) No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, conforme dispone el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

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