Ayudas destinadas a facilitar la adherencia a los tratamientos médicos sujetos a financiación pública y prescritos por personal del Sistema Nacional de Salud correspondiente al periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026.

Código de ayuda:

S20746/26

Norma:

RESOLUCIÓN 785/2026, de 26 de junio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de septiembre de 2026

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las presentes bases reguladoras tienen por objeto regular el régimen de concesión de las ayudas destinadas a sufragar los gastos en medicamentos derivados de los tratamientos médicos prescritos por el personal facultativo del Servicio Navarro de Salud Osasunbidea, o de cualquiera de los servicios de salud pertenecientes al Sistema Nacional de Salud, que estén sujetos a financiación pública.

Categorías Subvención

  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Salud (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Para las personas beneficiarias con rentas anuales iguales o inferiores a 6.000 euros, la ayuda consistirá en la diferencia entre el importe efectivamente abonado cada mes en concepto de prestación farmacéutica y la cantidad de 2,60 euros.

b) Para las personas beneficiarias con rentas anuales superiores a 6.000 euros e inferiores a 18.000 euros, la ayuda consistirá en la diferencia entre el importe efectivamente abonado cada mes en concepto de prestación farmacéutica y la cantidad de 8,23 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas residentes en la Comunidad Foral de Navarra que hayan realizado el gasto subvencionable dentro del período establecido en las presentes bases y que, no estando incursas en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria previstas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, cumplan los requisitos establecidos en el artículo 2 de la Orden Foral 498E/2017, de 22 de junio.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos en medicamentos derivados de tratamientos médicos prescritos por personal facultativo del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea o de cualquiera de los servicios de salud del Sistema Nacional de Salud, siempre que estén sujetos a financiación pública.
Los gastos subvencionables corresponden al período comprendido entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026.
La finalidad de la ayuda es facilitar la adherencia a los tratamientos farmacológicos prescritos y evitar su abandono por motivos económicos o de exclusión social.

Requisitos:

a) Ostentar la condición de persona asegurada activa del sistema de la Seguridad Social o encontrarse en situación asimilada al alta, así como ser beneficiaria de dicha condición, con una renta anual inferior a 18.000 euros y ser titular de la tarjeta sanitaria individual expedida por el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

b) Tener reconocida, como persona titular o beneficiaria, la prestación farmacéutica con cargo a fondos públicos por el organismo competente, disponer de una renta anual inferior a 18.000 euros y ser titular de la tarjeta sanitaria individual expedida por el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

c) Pertenecer al colectivo de mutualistas de MUFACE, MUGEJU o ISFAS, en calidad de persona titular o beneficiaria, cumplir los requisitos de renta establecidos en la letra a) y haber optado por recibir la asistencia sanitaria a través del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

Documentos asociados

Boletín: 27/07/2026
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 145
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento