Ayudas destinadas a determinados proyectos de mejora de la gestion medioambiental de las explotaciones porcinas en Galicia para el año 2010.
Código de ayuda:
S44964/10Norma:
REAL DECRETO 987/2008, de 13 de junio. Orden de 9 de julio de 2010.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 16/08/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Promover el desarrollo de sistemas innovadores de gestión de purines procedentes de las explotaciones porcinas, respetuosos y compatibles con la protección del medioambiente, que eviten consumos ineficientes de energía, que contemplen un enfoque integral de valorización y desarrollo de mejoras técnicas disponibles en la aplicación de purines al campoCategorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería del Medio Rural. (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La intensidad bruta de la ayuda no deberá superar:a) El 37,5% de las inversiones subvencionables en las zonas desfavorecidas o en las zonas indicadas en el artículo 36, letra a) incisos i) ii) y iii) del Reglamento (CE) 1698/2005, del Consejo de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader).
b) El 30% en otras regiones.
El importe de la ayuda no podrá ser superior en ningún caso a los 200.000 € por persona beneficiaria.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
Detalle beneficiarios:
Asociaciones, organizaciones y agrupaciones de titulares de explotaciones porcinas, incluidas las agrupaciones de defensa sanitaria, cooperativas, y sociedades agrarias de transformación, integradas en su mayoría por explotaciones de porcino, que presienten un proyecto conjunto de gestión de purines.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Compra o arrendamiento con opción de compra de maquinaria y equipamiento necesario para la preservación y mejora del entorno natural en la gestión de purines de las explotaciones porcinas, hasta elvalor de mercado de dicha maquinaria o equipamiento.
b) Costes generales relacionados con los gastos indicados en el apartado anterior, como los honorarios de asesores, los estudios de viabilidad o la adquisición de patentes y licencias.
Requisitos:
La asociación, organización, agrupación o figura equivalente solicitante, así como las explotaciones deporcino integrantes, deberán cumplir los siguientes requisitos generales:
a) No tener la consideración de empresas en crisis, de acuerdo con la definición y condiciones establecidas
en las directrices comunitarias sobre las ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis (2004/C 244/02). Tampoco se concederán ayudas a las empresas sometidas a un procedimiento de quiebra, insolvencia o concursal.
b) Estar al corriente de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10º de la Ley 9/2007, de 13 de junio (DOG nº121, del 25 de junio), de subvenciones de Galicia.
En el caso de las explotaciones porcinas integradas en el proyecto además de lo establecido en el apartado 2 del presente artículo, deberán:
a) Estar inscritas en estado de alta en el registro de explotaciones ganaderas previsto en el artículo 3.3 del Real decreto 479/2004, de 26 de marzo, como explotación de producción y reproducción, así como disponer del correspondiente libro de registro debidamente actualizado.
b) Acercar declaración responsable de que se cumple la normativa sectorial mínima correspondiente en
materia de ordenación, bienestar, identificación, sanidad animal, medioambiente e higiene.
c) Disponer de las instalaciones de almacenamiento de purines necesarias y de acuerdo con la normativa
vigente, en particular, con el Real decreto 324/2000, de 3 de marzo, por el que se establecen normas básicas de ordenación de explotaciones porcinas.
d) Cumplir los requisitos para la consideración de pyme conforme al anexo I del Reglamento (CE) 800/2008, de la Comisión, de 6 de agosto de 2008, por el que se declaran determinadas categorías de
ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del tratado.
En el caso de las explotaciones agrarias integradas en el proyecto, además de lo establecido en el apartado 2 del presente artículo, deberán:
a) Acercar declaración responsable de que se cumple la normativa sectorial mínima correspondiente.
b) Registrar las cantidades de purines aplicadas en la fertilización del terreno. Deberán tenerse en cuenta
las necesidades en función del uso del terreno, así como otros posibles aportes recibidos.
c) Cumplir los requisitos para la consideración de pyme conforme al Reglamento (CE) 800/2008, de la
Comisión, de 6 de agosto de 2008, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles
con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado.
Documentos asociados
Boletín:
03/07/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 160
Documento: REAL DECRETO 987/2008 Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 160
Documento: REAL DECRETO 987/2008 Descargar Documento
Boletín:
15/07/2010
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 134
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 134
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento