Ayudas destinadas a compensar las dificultades naturales en zonas de montaña y en otras zonas con dificultades en Castilla-La Mancha en la campaña 2014.

Código de ayuda:

S16128/14

Norma:

Orden de 16/04/2014.

Plazo de Solicitud:

Finaliza el mismo día que el de la solicitud unificada.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer disposiciones de aplicación del régimen comunitario de ayudas destinadas
a compensar las dificultades en zonas de montaña y en otras zonas con dificultades en Castilla-La Mancha en la campaña 2014 (Medidas 211 y 212 del Eje 2 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2007-2013, cofinanciado con fondos Feader).

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El límite mínimo para el cobro de la ayuda es de 300 euros, siendo el máximo de 2.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

a) La persona física, titular de explotación agraria individual, que sea agricultor a título principal (ATP) o titular de una explotación agraria calificada como prioritaria.

De manera excepcional y para el caso de jóvenes agricultores incorporados a la actividad agraria desde el 1 de enero de 2012 hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de la presente Orden, a través de la medida 112 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2007-2013, se considerará cumplido el requisito de la renta agraria.

b) La persona física, agricultor a título principal (ATP) que sea socio de una explotación agraria constituida como cooperativa o sociedad agraria de transformación. En este caso la ayuda del socio se calculará de manera proporcional a su cuota de participación, siendo acumulable con la que pudiera otorgársele como titular individual de una explotación agraria a los efectos del cálculo de una indemnización compensatoria única, dentro de los límites
establecidos en la presente Orden.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Compensar las dificultades en zonas de montaña y en otras zonas con dificultades en Castilla-La Mancha en la campaña 2014 (Medidas 211 y 212 del Eje 2 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2007-2013, cofinanciado con fondos Feader).

Requisitos:

a) Comprometerse a mantener la actividad agraria, al menos, durante los cinco años siguientes a la fecha en que se percibe por primera vez la ayuda, salvo en los casos de jubilación, transferencia de explotación o causas de fuerza mayor, según lo dispuesto en el artículo 16 de esta Orden.

b) Comprometerse a ejercer su actividad agraria empleando métodos que respeten la condicionalidad de las ayudas establecida en el Real Decreto 486/2009, de 3 de abril, por el que se establecen los requisitos legales de gestión y las buenas condiciones agrarias o medioambientales que deben cumplir los agricultores que reciban pagos directos en el marco de la política agrícola común, los beneficiarios de determinadas ayudas de desarrollo rural y los agricultores que reciban ayudas en virtud de los programas de apoyo a la reestructuración y reconversión y a la prima por arranque del viñedo, o norma que la sustituya; así como en la Orden de 07-10-2009, de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural, sobre aplicación de la condicionalidad en relación con los agricultores que reciban ayudas de desarrollo rural, y aquellas otras normas que la desarrollen o sustituyan.

Documentos asociados

Boletín: 23/04/2014
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 76
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento