Ayudas destinadas a compatibilizar las actividades apícolas con la conservación del abejaruco en el territorio de Cataluña.
Código de ayuda:
S52119/05Norma:
Orden MAH/417/2005, de 19 de octubre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 05/12/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
Se establece una línea de ayudas para compatibilizar las actividades apícolas con la conservación del abejaruco.Las ayudas tendrán por objeto ayudar y facilitar la actividad de los apicultores que trabajan con la abeja de la miel (Apis mellifera) en las zonas de abundancia muy alta, alta y media de abejaruco, que se indican en el anexo 2 de la presente Orden, debido a que este pájaro les hace disminuir la producción de miel y al importante efecto de la abeja de la miel en la conservación de la biodiversidad, por su acción polinizadora.
No son subvencionables las actuaciones que dispongan de otras líneas de ayuda específicas del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda con el objetivo de proteger al abejaruco.
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Medio Ambiente y Vivienda (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
a) Por actividad en zonas con abejaruco.- 12 Euros por colmena en las zonas de abundancia muy alta de abejaruco.
- 8 Euros por colmena en las zonas de abundancia alta de abejaruco.
- 4 Euros por colmena en las zonas de abundancia media de abejaruco.
b) Por reposición de bajas de abejas reinas.
- 12 Euros por colmena, sólo para el 25% de las colmenas con derecho a una ayuda de acuerdo con las presentes bases en las zonas de abundancia muy alta de abejaruco.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Pueden optar a las ayudas los apicultores profesionales a título principal que tengan colmenas situadas en el territorio de Cataluña, de forma permanente desde el 15 de junio al 15 de septiembre de 2005, en las zonas con abundancia moderada, alta o muy alta, según la zonificación del anexo 2 de esta Orden, y que hayan sufrido el efecto del abejaruco y lo hayan comunicado por escrito al Departamento de Medio Ambiente y Vivienda durante el año 2004.El número máximo de colmenas con derecho a la ayuda por solicitante será de 750 colmenas.
Se entiende como apicultor profesional el que tenga más de 150 colmenas, tenga actualizada la hoja del censo del libro de explotación, tenga actualizada la hoja de registro del programa sanitario de la cartilla de apicultor.
Documentos asociados
Boletín:
04/11/2005
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4503
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4503
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