Ayudas destinadas a apoyar la formación de los trabajadores del sector textil de Cantabria para una mejor adaptabilidad y defensa del empleo ante expedientes de regulación por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.

Código de ayuda:

S17373/05

Norma:

Orden IND 26/2005, de 6 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/08/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras de las ayudas de apoyo a la formación y adaptación de los trabajadores afectados por expedientes de suspensión de contratos del sector textil a los nuevos requerimientos del mercado de trabajo y aprobar la convocatoria para su concesión en el año 2005.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Formación
  • Textil - Confección

Localización del organismo gestor

Convoca:

Sin especificar ()

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarios de estas ayudas los trabajadores y trabajadoras pertenecientes a empresas incursas en procesos de crisis laboral dentro del sector textil que, a través de sus representantes y de los mecanismos propios de la negociación colectiva, hayan conseguido pactar medidas de mejora de la cualificación y readaptación profesional a través de la formación y de conservación de los puestos de trabajo, a costa de una disminución de sus rendimientos del trabajo de modo temporal o definitivo.

Requisitos:

a) Trabajadores y trabajadoras incluidos en el ámbito subjetivo del Convenio General de Trabajo de la Industria Textil y de la Confección o, en caso de aplicar otro convenio, su actividad se encuentre incluida en los C.N.A.E. 17, 18 ó 247.
b) Trabajadores cuyo centro de trabajo radique en Cantabria y cuyas empresas dispongan de una plantilla fija mínima del 80%.
c) Trabajadores incursos en procesos de crisis laborales en los que se haya alcanzado, con efectos a partir de 1 de febrero de 2.005, un acuerdo de mantenimiento del empleo a costa de cualquier otro tipo de medida que suponga un perjuicio cuantificable en términos económicos.
d) El acuerdo que se alcance entre la empresa y la representación de los trabajadores deberá recoger, así mismo, un compromiso de formación de la plantilla con elobjetivo de adecuar las cualificaciones de los operarios al nuevo escenario productivo. Dicho compromiso habrá de concretarse con anterioridad a la presentación de la solicitud y recogerá el contenido mínimo que se señala en el artículo siguiente.

Documentos asociados

Boletín: 19/04/2005
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 74
Documento: Bases, Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento