Ayudas destinadas a acciones de fomento de la prevención de riesgos laborales y de las ayudas para la realización de actividades en el ámbito de prevención de riesgos laborales conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales.
Código de ayuda:
S00728/26Norma:
ORDEN de 22 de diciembre de 2025.Plazo de Solicitud:
Hasta el 13 de febrero de 2026.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocatoria para el año 2026 de la concesión de subvenciones, por la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración, Secretaría General de Empleo y Relaciones Laborales, mediante el régimen de concurrencia competitiva, con el fin de llevar a cabo acciones de formación, asesoramiento y fomento de la prevención de riesgos laborales en Galicia (código de procedimiento TR852A) y para la realización de actividades en el ámbito de la prevención de riesgos laborales, conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales (código de procedimiento TR852B).Categorías Subvención
Prevención Riesgos Laborales
Localización del organismo gestor
GaliciaConvoca:
Consellería de Empleo, Comercio y Emigración (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
a) En la sublínea I.1: ninguna entidad beneficiaria podrá percibir una cuantía que supere la proporción que le corresponda entre las organizaciones sindicales solicitantes, en función de su representatividad el 31 de diciembre del año 2025, y, en todo caso, no podrá superar los 460.000,00 euros.b) En la sublínea I.2: el importe máximo por solicitud no podrá superar los 30.000,00 euros.
En el caso de presentar la solicitud para el diseño de métodos y contenidos de los programas de los cursos, el presupuesto subvencionable según la duración prevista del curso sería el siguiente:
– Programación, diseño, contenido del curso de formación hasta 15 horas: 1.500,00 euros.
– Programación, diseño, contenido del curso de formación de 16 a 30 horas: 2.000,00 euros.
– Programación, diseño, contenido del curso de formación de 31 horas o más: 2.500,00 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
Detalle beneficiarios:
- Sublínea I.1: Podrán ser entidades beneficiarias de la sublínea I.1 las asociaciones sindicales intersectoriales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia .- Sublínea I.2:
Podrán ser entidades beneficiarias de la sublínea I.2:
a) Las asociaciones empresariales gallegas sectoriales constituidas al amparo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical.
b) Las organizaciones sindicales con representatividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, tanto de carácter sectorial como intersectorial.
- Sublínea II.1:
Podrán ser entidades beneficiarias de la sublínea II.1 las asociaciones sindicales intersectoriales.
- Sublínea II.2:
Podrán ser entidades beneficiarias de la sublínea II.2:
a) Las asociaciones empresariales gallegas sectoriales constituidas al amparo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical.
b) Las organizaciones sindicales con representatividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, tanto de carácter sectorial como intersectorial.
c) Las fundaciones sectoriales paritarias para la promoción de la prevención de la seguridad y salud laboral, nacidas de la negociación colectiva o de acuerdos sectoriales, con sede y actividad en Galicia.
d) Asociaciones profesionales de personas trabajadoras autónomas registradas según lo establecido en el Decreto 406/2009, de 22 de octubre, que recojan expresamente en sus estatutos que tienen entre sus fines el fomento de la prevención de riesgos laborales.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Línea I (TR852A): acciones de formación y asesoramiento en materia de prevención de riesgos laborales de carácter intersectorial y sectorial.- Sublínea I.1: formación y actividades de asesoramiento y asistencia técnica en materia de prevención de riesgos laborales de carácter intersectorial.
- Sublínea I.2: formación en materia de prevención de riesgos laborales de carácter sectorial.
Línea II (TR852B): realización de actividades en el ámbito de la prevención de riesgos laborales, conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, de carácter intersectorial y sectorial.
- Sublínea II.1: realización de actividades en el ámbito de la prevención de riesgos laborales, conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales,de carácter intersectorial: acciones de información y promoción del cumplimiento de la normativa y acciones que permitan la elaboración de herramientas y materiales innovadores relacionados con el fomento de la prevención de riesgos laborales.
- Sublínea II.2: realización de actividades en el ámbito de la prevención de riesgos laborales, conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, de carácter sectorial: acciones de información y promoción del cumplimiento de la normativa y acciones que permitan la elaboración de herramientas y materiales innovadores relacionados con el fomento de la prevención de riesgos laborales.
Documentos asociados
Boletín:
13/01/2026
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 7
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 7
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
Boletín:
13/01/2026
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 7
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 7
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
