Ayudas destinadas a Pymes del sector turistico.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S13628/14

Norma:

Resolución de 27 de marzo de 2014. Resolución de 30 de abril de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 01/09/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva con la finalidad de apoyar la adquisición y desarrollo de páginas Web de nueva creación así como la actualización y
mejora de webs previamente existentes.

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Empleo, Industria y Turismo (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de las subvenciones, para aquellos beneficiarios que cumplan con los requisitos exigidos en las Bases que rigen la presente convocatoria, será variable, se determinará para cada caso teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias y los criterios de adjudicación, pero no podrá exceder del 40% del coste total de la inversión subvencionable.

Ningún beneficiario podrá obtener por estos conceptos una subvención superior a dos mil quinientos euros (2.500 euros), salvo que una vez prorrateadas las cantidades disponibles existan sobrantes a distribuir, como consecuencia de la aplicación de los límites. En este caso, el límite se ampliaría por intervalos de 500 € hasta agotar el límite del gasto aprobado para la convocatoria.

Las inversiones objeto de ayuda deberán incorporarse al activo de la empresa objeto de apoyo y tener un importe mínimo de inversión admitida de 600 €.

En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las pequeñas y medianas empresas turísticas radicadas y con actividad en el Principado de Asturias, y encuadrada en el ámbito de actuación a que se refiere el objeto de estas Bases.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La adquisición y desarrollo de páginas Web de nueva creación así como la actualización y mejora de webs previamente existentes.

Requisitos:

Tendrán la consideración de pequeñas y medianas empresas aquellas que reúna los requisitos establecidos en la Recomendación de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de pequeñas y medianas empresas:

a) No superar los 250 empleados, o bien contar con un volumen de negocio anual que no excede de 50 millones de euros, o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros.

b) No estar controlada directa o indirectamente en cuantía superior al 25% de su capital o de sus derechos de voto por uno o más organismos públicos o colectividades públicas, sin perjuicio de las excepciones contempladas en la normativa de aplicación.

Documentos asociados

Boletín: 09/04/2014
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 83
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento
Boletín: 19/05/2014
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 114
Documento: Convocatoria 2014. Descargar Documento