Ayudas destinadas a Inversiones en Instalaciones de Aprovechamiento Energético en Biomasa – Año 2015.

Código de ayuda:

S25982/15

Norma:

RESOLUCIÓN de 13 de mayo de 2015. RESOLUCIÓN de 4 de junio de 2015. RESOLUCIÓN de 24 de julio de 2015.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de septiembre de 2015 o el agotamiento de los fondos.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Contribuir, mediante el necesario impulso público, a aumentar la eficiencia en el consumo de energía, contribuyendo a la consecución de un sistema energético más competitivo, más sostenible y más seguro, al disminuir el impacto ambiental, requerir menos energía para el consumo y reducir la dependencia de recursos externos.

La escasez de los recursos energéticos y la incidencia que sobre el medioambiente tiene el uso de la energía, influyen de manera creciente en la preocupación tanto de las administraciones como de la sociedad. Por ello, el objetivo prioritario de este Programa de Ayudas es reducir el consumo de energía convencional a través la promoción de instalaciones de aprovechamiento de la energía de la biomasa dentro de la geografía de la Comunidad Autónoma del País Vasco (en adelante «CAPV»), aumentando así la participación de las energías renovables, para lo cual se pone a disposición de los potenciales beneficiarios de este Programa de Ayudas los medios económicos que faciliten la realización de las actuaciones energéticas comprendidas en el mismo.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Ente Vasco de la Energía (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Todas aquellas personas físicas o jurídicas, de naturaleza pública (excepto Dptos. del Gobierno
Vasco y Diputaciones, y toda entidad vinculada o dependiente de las anteriores) o privada, que lleven a cabo, dentro del territorio de la CAPV, inversiones en instalaciones de uso de biomasa por medio de calderas y de acuerdo con las especificaciones descritas en la base 4.ª de este Programa de Ayudas.

El beneficiario conforme a lo dispuesto en el apartado 12.f) de este programa, deberá comprometerse a mantener la instalación en el territorio de la CAPV durante, al menos, un plazo mínimo de cinco (5) años, a contar desde la fecha de abono, por el EVE, de la ayuda.

Documentos asociados

Boletín: 22/05/2015
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 94
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 10/06/2015
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 107
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 21/08/2015
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 158
Documento: Agotamiento Créditos Descargar Documento