Ayudas destinadas a Entidades Locales de Galicia para el transporte de Residuos Sólidos Urbanos a las estaciones de transferencia de residuos o plantas de selección.
Código de ayuda:
S17091/05Norma:
Orden de 8 de abril de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 28/05/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de ayudas, conforme a los principios de publicidad, concurrencia y objetividad, para el transporte de residuos sólidos urbanos de bolsa negra hasta las estaciones de transferencia o plantas de selección más próximas, destinadas a Ayuntamientos, Mancomunidades y otras agrupaciones de municipios legalmente constituidos de la Comunidad Autónoma de Galicia.Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible (Galicia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Los Ayuntamientos, Mancomunidades y otras agrupaciones de municipios legalmente constituidos de la Comunidad Autónoma de Galicia.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán objeto de la ayuda los costes derivados del transporte de residuos sólidos urbanos de bolsa negra desde los ayuntamientos hasta la estación de transferencia o planta de selección más próxima, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:a) La estación de transferencia o planta de selección más próxima deberá estar apartada más de 25 kilómetros de la casa consistorial.
El cómputo de estadistancia no podrá ser el resultado de sumar a los kilómetros de ida los de vuelta. Este requisito determinará
que la solicitud presentada por la entidad local sea admitida o no.
No obstante lo anterior, y una vez admitida la solicitud, debe significarse que para el cómputo de los kilómetros subvencionables se tendrá en cuenta la distancia existente, tanto de ida como de vuelta, desde la parroquia más apartada de la planta de transferencia que le corresponda a la entidad local solicitante.
A estos efectos sólo se subvencionarán los kilómetros que resulten a partir del kilómetro 26.
b) Tener suscrito contrato con la Sociedad Gallega de Medio Ambiente o con otro gestor final de residuos de Galicia para la gestión de los residuos sólidos urbanos de bolsa negra producidos en el ayuntamiento.
c) No tener pendientes de pago deudas contraídas con la Sociedad Gallega de Medio Ambiente o con otro gestor final de residuos de Galicia por la gestión de los residuos sólidos urbanos de bolsa negra producidos en el ayuntamiento, a día 31 de diciembre de 2004.
En el caso de mancomunidades y agrupaciones de municipios legalmente constituidos, sólo se podrá solicitar la ayuda correspondiente para los ayuntamientos que cumplan tal condición.
Documentos asociados
Boletín:
18/04/2005
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 73
Documento: Bases, Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 73
Documento: Bases, Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento