Ayudas del régimen de pago único, cultivos herbáceos, ayuda a las semillas, ayuda al olivar, ayuda altabaco, ayuda por superficie a los frutos de cáscara, declaración de superficie de algodón, superficies forrajeras, prima a los productores de ovino y caprino, primas en el sector vacuno, pagos adicionales, declaración de indemnización compensatoria en determinadas zonas desfavorecidas, acceso a la reserva nacional del régimen de pago único y actualización del registro de explotaciones agrarias.

Código de ayuda:

S03273/06

Norma:

ORDEN de 25 de enero de 2006.

Plazo de Solicitud:

Consultar artículo 86 del Real Decreto 1618/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar las ayudas del régimen de pago único, cultivos herbáceos, ayuda a las semillas, ayuda al olivar, ayuda al tabaco, ayuda por superficie a los frutos de cáscara, declaración de superficie de algodón, superficies forrajeras, prima a los productores de ovino y caprino, primas en el sector vacuno, pagos adicionales, declaración de indemnización compensatoria en determinadas zonas desfavorecidas, acceso a la reserva nacional del régimen de pago único y actualización del registro de explotaciones agrarias.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural (Extremadura)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Personas físicas y jurídicas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Pago desacoplado en el régimen de pago único establecido en el Título III del Reglamento (CE) 1782/2003 del Consejo, de 29 de septiembre de 2003.

b) Los pagos por superficie para determinados cultivos herbáceos (cereales, oleaginosas y proteaginosas), el lino no textil, el lino textil, el cáñamo, las tierras retiradas de la producción y, en su caso, el suplemento del pago compensatorio para el trigo duro en zonas tradicionales y la ayuda específica al trigo duro en
otras zonas, todos ellos correspondientes a la campaña de comercialización 2005/2006, enumerados en el Anexo IX y establecidos en el Capítulo 10 del Reglamento (CE) 1782/2003 del Consejo, de 29 de septiembre de 2003.

c) Ayuda específica por hectárea a los productores de arroz establecidas en el Capítulo 3 Reglamento (CE) nº 1782/2003 del Consejo.

d) Primas específicas por hectárea a la calidad del trigo duro, a las proteaginosas y a los cultivos energéticos, establecidos en los capítulos 1, 2 y 5 del Reglamento (CE) nº 1782/2003.

e) Ayuda a la producción de semillas, establecida en el capítulo 9 Reglamento (CE) nº 1782/2003.

f) Ayuda específica al algodón, establecida en el capítulo 10 bis del Reglamento (CE) nº 1782/2003.

g) Ayuda específica al olivar, establecida en el capítulo 10 ter del Reglamento (CE) nº 1782/2003.

h) Ayuda al tabaco, establecida en el capítulo 10 quarter del Reglamento (CE) nº 1782/2003.

i) Ayuda por superficie a los frutos de cáscara, establecida en el capítulo 9 del Reglamento (CE) nº 1782/2003.

j) Prima a los productores que mantengan vacas nodrizas y prima nacional adicional a los productores de vacas nodrizas, establecidas en el artículo 125 del Reglamento (CE) nº 1782/2003.

k) Prima por sacrificio, contemplada en el artículo 130 del Reglamento (CE) nº 1782/2003.

l) Prima por oveja y cabra establecida en el artículo 113 del Reglamento (CE) nº 1782/2003.

m) Declaración de superficie forrajera a efecto del cálculo de la carga ganadera de la explotación para la percepción del pago adicional a las explotaciones que mantengan vacas nodrizas, en aplicación del artículo 69 del Reglamento (CE) nº 1782/2003, y del artículo 79 del Real Decreto 1618/2005, de 30 de diciembre.

n) Prima adicional por oveja y cabra establecida en el artículo 114 del Reglamento (CE) nº 1782/2003.

ñ) Declaración de superficies utilizadas para la cría de ovino y caprino, para aquellos productores de ovino y caprino, que deseen acogerse a la prima complementaria estando su explotación situada en zona desfavorecida y no desfavorecida.

o) Por aplicación del artículo 69 Reglamento (CE) nº 1782/2003 del Consejo, de 29 de septiembre de 2003 al Programa Nacional del desarrollo de la PAC en España, pagos adicionales en el sector de algodón, tabaco, y del sector vacuno.

p) Solicitud de derechos a la reserva nacional del régimen de pago único, establecida en el artículo 42 del Reglamento (CE) nº 1782/2003 del Consejo de 29 de septiembre y en Capítulo III del Real Decreto 1617/2005, de 30 de diciembre.

Documentos asociados

Boletín: 31/12/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 313
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 31/01/2006
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 13
Documento: Convocatoria Descargar Documento