Ayudas del programa: Tal como somos con destino a los ayuntamientos, entidades de ambito territorial inferior al municipio y asociaciones de vecinos.
Código de ayuda:
S02364/09Norma:
Orden de 30/12/2008. Orden de 14/01/2009.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 06/02/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar las ayudas del programa "Tal como somos" para la contratación por parte de los ayuntamientos, entidades de ámbito territorial inferior al municipio (en adelante Eatim), pedanías y asociaciones de vecinos, de actuaciones a desarrollar entre el 1 de enero y el 10 de diciembre de 2009 por las personas físicas y entidades culturales que conforman la "Guía para la promoción de las artes escénicas y musicales 2009".Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Asociacionismo y Voluntariado
Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Cultura, Turismo y Artesania (Castilla-La Mancha)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Las ayudas se calcularán sobre los importes de los cachés que aparecen en la "Guía para la promoción de las artes escénicas y musicales 2009", aplicando las siguientes escalas y porcentajes máximos:- Asociaciones de vecinos, Eatim y pedanías: 60% (Consejería) 40% (Entidad)
- Aytos. hasta 1.000 habitantes: 60% (Consejería) 40% (Entidad)
- Aytos. de 1.001 a 2.500 habitantes: 50% (Consejería) 50% (Entidad)
- Aytos. de más de 2.500 habitantes: 30% (Consejería) 70% (Entidad)
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
a) Ayuntamientos de hasta 10.000 habitantes.b) Eatim.
c) Pedanías.
d) Asociaciones de vecinos enclavadas en municipios de más de 10.000 habitantes.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se considerarán gastos subvencionables a los efectos de esta Orden los que figuren como "importe" en la "Guía para la promoción de las artes escénicas y musicales 2009", que puede consultarse en la web institucional de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, dirección:http://sacm.jccm.es/gestionteatro/Artes_Escenicas/asp/index.html
Requisitos:
Los beneficiarios deben tener su domicilio fiscal en Castilla-La Mancha.En ningún caso podrán adquirir la condición de beneficiario quien se encuentre incurso en alguna de las circunstancias a que se refieren los apartados 2º y 3º del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y del artículo 74.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-la Mancha aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.
Documentos asociados
Boletín:
12/01/2009
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 6
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 6
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento
Boletín:
27/01/2009
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 17
Documento: Corrección de Errores y Anexos Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 17
Documento: Corrección de Errores y Anexos Descargar Documento