Ayudas del fondo de acción social para el personal funcionario e interino y para el personal laboral al servicio de la Administración de la Generalidad de Cataluña para el año 2004.
Código de ayuda:
S03455/05Norma:
Resolución GAP/157/2005, de 3 de enero.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 07/03/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
La regulación del contenido, procedimiento de gestión y resolución de las ayudas del Fondo de acción social para el personal funcionario e interino de administración y técnico y para el personal laboral de la Administración de la Generalidad de Cataluña correspondientes a gastos o hechos ocurridos en el año 2004.Categorías Subvención
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas (Cataluña)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
a) El personal de administración y técnico de la Generalidad de Cataluña, funcionarios e interinos, previstos en los artículos 11 y 13 del Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública, que hayan prestado sus servicios en la Administración de la Generalidad de Cataluña durante el año 2004.b) El personal laboral de la Generalidad de Cataluña con contrato fijo o contrato de duración determinada incluido en el ámbito del V Convenio colectivo único que hayan prestado sus servicios en la Administración de la Generalidad de Cataluña durante el año 2004.
c) En caso de defunción de la persona funcionaria o interina y/o del personal laboral, los familiares y asimilados del personal incluido en los apartados anteriores, siempre que en el momento de su muerte cumpliera los requisitos que establece la base general 7.1 y los correspondientes a la ayuda solicitada.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Modalidades:a) Ayuda para hijos con disminuciones, físicas, psíquicas y/o sensoriales.
b) Ayuda para guardería.
c) Ayuda escolar.
d) Ayuda para estudios universitarios.
e) Ayuda odontológica.
f) Ayuda por defunción.
g) Ayuda por sepelio.
h) Ayuda para el acceso a la universidad de los mayores de 25 años.
i) Ayuda por nacimiento, adopción y/o acogida de un hijo o hija.
j) Premio por jubilación.
k) Ayuda por prótesis oculares y auditivas.
l) Ayuda psiquiátrica y psicológica.
m) Ayuda por ascendientes dependientes.
n) Ayuda por enfermedad celíaca.
Estas ayudas tendrán carácter de prestación económica, con la finalidad de compensar una parte de los gastos que la persona solicitante haya tenido por cada una de las modalidades objeto de esta convocatoria.
En los casos en que el importe sufragado sea inferior a la cuantía correspondiente por ayuda, se otorgará el importe del gasto acreditado.
Requisitos:
Para tener derecho a las ayudas mencionadas se han de cumplir los requisitos generales siguientes:a) Haber estado en situación de servicio activo durante el año 2004.
b) No haber percibido ninguna prestación que sea incompatible con las diferentes modalidades de ayuda.
c) Otros requisitos que puedan ser determinados en las bases específicas de cada modalidad de ayuda.
Documentos asociados
Boletín:
07/02/2005
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4317
Documento: Convocatoria de 2004 Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4317
Documento: Convocatoria de 2004 Descargar Documento
Boletín:
14/02/2005
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4322
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4322
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento