Ayudas del departamento de economía y medio ambiente, sección de caza, para la realizacion de actividades por parte de las sociedades federadas de cazadores y entidades miembros del consejo de caza de Menorca.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S32300/11

Norma:

Maó, 20 de maig de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 04/07/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Promover una gestión de los terrenos cinegéticos que mejore su capacidad cinegética y la sostenibilidad de los recursos objeto de explotación.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Menorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima por entidad será de 12.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes u otros tipos de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.Control de predadores de origen antrópico
Engloba la adquisición de jaulas trampa para la captura en vivo de predadores, así como los gastos de manejo y transporte de éstas y la gestión de los animales capturados.

2.Sembres para la caza
Siembras de parcelas identificadas catastralmente, con un máximo del 5% de la superficie del coto o 50 ha, a las que no se podrá levantar el cultivo, ni entrar a pastar hasta el 30 de septiembre.

c) Compra de maquinaria agrícola.

d) Repoblaciones con perdiz y conejo
Engloba los gastos de compra, transporte, alimentación asociada y de mejoras de infraestructuras asociadas a la repoblación.

e) Mejoras de hábitats de los cotos
Engloba actuaciones como podas, limpieza y mejora de firme de caminos, trabajos forestales, paredes secas, entendidas como tales aquellas en las que no se ha utilizado ningún elemento aglutinador tipo hormigón, cemento o similar; esquinas, barreras de acebuche, bebederos, comederos y compra de maquinaria y equipamientos para trabajos forestales.

f) Gastos derivados del cuidado de los animales de caza
Engloba las siguientes actividades: chips de identificación canina, gastos veterinarios de vacunas y desparasitaciones de perros de caza y seguros de los mismos. Tratamientos veterinarios de aves de cetrería.

g) Estudios técnicos
Engloba los estudios aplicables a las especies cinegéticas o protegidas que tengan relación con la actividad cinegética y de sus hábitats. Estos estudios deben realizar técnicos competentes en la materia.

h) Campos de entrenamiento de perros.
Engloba la delimitación, el cierre, la señalización y la dotación de infraestructuras. Deberá estar en posesión de los permisos y las autorizaciones correspondientes para ejecutar los trabajos cuando sean preceptivos.

i) Modalidades tradicionales de caza propias de las islas Baleares y actividades cinegéticas con razas autóctonas de perros. Incluye:

- Gastos derivados de la organización y relación de pruebas funcionales, jornadas y actividades de promoción de perros de caza autóctonas y modalidades tradicionales.

- Edición de materiales divulgativos, en cualquier soporte.

- Gastos de utensilios propios de la actividad: adquisición y reparación.

- Gastos de producción, realización y edición de materiales gráficos, informáticos y audiovisuales

j) Cotos de las sociedades de cazadores y refugios de fauna.
Engloba los gastos de alquiler de los cotos y material de señalización

k) Actividades federativas.
Engloba gastos federativos como cuotas federativas, material de oficina, y gastos diversos.

Requisitos:

- Estar constituidas como sociedades de cazadores miembros de la Federación Balear de Caza en activo a día 1 de enero del año de la correspondiente convocatoria o ser entidades miembros del Consejo de Caza de Menorca.

- En cualquier caso, no pueden ser beneficiarias las personas o entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 04/06/2011
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 83
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento