Ayudas del año 2026 a proyectos de I+D seleccionados en los Programas internacionales Eurostars 3, Asociaciones Cofinanciadas.

Código de ayuda:

S07882/26

Norma:

Resolución de 13 de marzo de 2026. Ley 14/2011, de 1 de junio

Plazo de Solicitud:

Convocatoria novena: hasta el 27/03/2026. Convocatoria décima: hasta el 06/07/2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente convocatoria tiene por objeto la regulación de la concesión directa de ayudas a los proyectos de investigación y desarrollo aprobados en la novena y décima convocatorias del Programa Eurostars-3 (CoD9 y CoD10) y los proyectos de Asociaciones Cofinanciadas del Pilar II del Programa Marco de I+D siguientes Water4All, Agroecology, FutureFoodS y Clean Energy Transition (CETP).

Categorías Subvención

  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la ayuda se determinará de la siguiente forma:
a. En función del coste financiable real del proyecto y de la disponibilidad presupuestaria, respetando el límite de intensidad máxima del 70% de los costes subvencionables, según lo previsto
en el artículo 25 quater del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio de 2014.
b. En caso de falta de disponibilidad presupuestaria para financiar todos los proyectos con una intensidad máxima del 70%, se reducirá de forma que la intensidad máxima de la ayuda para las
pequeñas empresas será del 60 %, para las medianas empresas del 50 % y para las grandes empresas del 40% de los costes subvencionables.
c. En todo caso, la cuantía de ayuda máxima de los proyectos del programa Eurostars-3 no podrá superar los 400.000€ por beneficiario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas objeto de esta resolución, las empresas desarrollen los proyectos de I+D en España, seleccionados en las convocatorias internacionales que se relacionan en el apartado siguiente, en las que el CDTI actúa como organismo financiador.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a. Costes del instrumental, licencias de software y material, en la medida y durante el período en que se utilicen para el proyecto.
b. Costes de personal. Los costes relacionados con los investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto o actividad pertinente, incluyendo las
actividades de gestión de la propuesta internacional. Podrán imputarse gastos al proyecto tanto de personal con contrato laboral (ya sea personal en plantilla o de nueva contratación) como de personal autónomo socio de la empresa.
c. Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, costes asociados a la contratación de un servicio de cloud computing siempre y cuando, se identifique claramente su uso exclusivo para el proyecto y en la ejecución del mismo, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva a la ejecución del proyecto, en este último caso con un límite de 8.000 € por beneficiario.
d. Los gastos generales y otros gastos de explotación adicionales, incluidos los costes de material, suministros y productos similares, que se deriven directamente del proyecto.

Documentos asociados

Boletín: 17/03/2026
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 67
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 17/03/2026
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 67
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento