Ayudas del año 2010 para la intensificacion de la actividad investigadora entre medicos de Atencion Primaria.

Código de ayuda:

S39473/10

Norma:

ORDEN 2916/2006, de 19 de diciembre. RESOLUCIÓN de 20 de mayo de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/09/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Intensificación de la actividad investigadora entre médicos de Atención Primaria.

Categorías Subvención

  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Agencia "Pedro Laín Entralgo" (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La liberación de la actividad asistencial para intensificar las actividades de investigación será como máximo del 50 por 100 de la jornada laboral computada globalmente sobre un período de doce meses. En función de las necesidades asistenciales o investigadoras son admisibles períodos con un porcentaje de liberación entre 0 y 100, siempre que se compensen adecuadamente en el cómputo global.

El número máximo de ayudas a conceder en esta convocatoria es de tres y la cuantía máxima de cada ayuda será de 25.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Facultativos que realizan actividad asistencial.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas de esta convocatoria se destinarán a la contratación laboral necesaria para la compensación de la liberación parcial del candidato de la actividad asistencial.

Requisitos:

1. Requisitos de los solicitantes:
Pertenecer a los centros dependientes de las Gerencias de Atención Primaria del Servicio Madrileño de Salud recogidos en el apartado A) de la Disposición Adicional Primera del Decreto 16/2005, de 27 de enero, por el que se establece la estructura del orgánica del Servicio Madrileño de Salud.

Acreditar la no existencia de ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones. Este requisito se podrá acreditar cumplimentando debidamente la declaración establecida en el Anexo IV.

2. Requisitos de los candidatos:
Realizar actividad asistencial como médico de Atención Primaria en alguno de los centros indicados en el apartado anterior.

Ejercer su actividad asistencial en el centro solicitante.

Estar o haber estado integrado en una red temática o grupo de investigación de Atención Primaria o ser investigador principal o colaborador en un proyecto de investigación financiado por una Agencia Pública que se encuentre activo durante el período previsto de desarrollo del Programa.

Documentos asociados

Boletín: 10/01/2007
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 08
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 16/06/2010
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 142
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento